A través del Sistema Electrónico de Acceso a la Información Pública (SIEAIP), el solicitante interpuso el recurso de revisión por la falta de respuesta a su solicitud y por consecuencia la omisión en la entrega de la información, así lo manifestó el Consejo General de la Cotaipo.
Después del análisis, se determinó que la información solicitada es información pública y pública de oficio, y se encuentra reglamentada en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Oaxaca, es decir, no se encuentra catalogada como reservada o confidencial.
Así, el Consejo General de la Cotaipo que preside Esteban López José, e integrado por las consejeras Eréndira Fuentes Robles y Gema Ramírez Ricárdez, consideró procedente declarar fundado el motivo de inconformidad expresado por el recurrente y en consecuencia ordenó al Municipio de Nochixtlán entregar la información solicitada.
Por otra parte, solicitó la reserva de la información referente a las fotografías de los trabajadores y servidores públicos que ejerzan labores relacionadas con la procuración de justicia y seguridad, asimismo se ordenó la realización de una versión pública de la nómina de los trabajadores de dicho Municipio por contener datos personales.
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