Oaxaca, México.- Los Ayuntamientos de San Juan Bautista Tuxtepec y Santa Cruz Xoxocotlán, se negaron a aceptar la Recomendación 11/2013 que emitió la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO), por el incumplimiento a los laudos de la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado, en los que se ordena el pago de las prestaciones laborales de las y los trabajadores con el fin de no seguir violentando sus derechos al acceso efectivo a la justicia y a la seguridad jurídica.
La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca, ha documentado por tres años en diversos expedientes de queja, el incumplimiento de laudos emitidos por la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado, mediante los cuales se condenó a una dependencia de Gobierno del Estado y a varios Ayuntamientos de nuestra entidad al pago de diversas prestaciones laborales a trabajadoras y trabajadores.
Dentro de dichos expedientes se presentaron varias propuestas de conciliación, a fin de que las autoridades responsables subsanaran las violaciones a los derechos humanos, además de que dieran cumplimiento a las resoluciones dictadas en su contra, unas conciliaciones fueron aceptadas y no cumplidas y otras ni siquiera fueron aceptadas, lo que trae como consecuencia que las violaciones a los derechos fundamentales continúen vigentes, al no haberse efectuado acciones para restituir los daños.
Este organismo público, autónomo y ciudadanizado con base en lo que ordena la Ley en su artículo 71, pidió en la recomendación 11/2013 la efectiva restitución del daño, a través del cumplimiento a las prestaciones a las y los trabajadores dictadas en los correspondientes laudos y se solicitó además que se realicen las gestiones pertinentes para poder efectuar la reinstalación de los trabajadores en sus puestos, de acuerdo a lo ordenado en las respectivas resoluciones.
Para la Defensoría resulta fundamental que las autoridades responsables acepten las recomendaciones por este organismo, ya que lo contrario implica una violación reiterada y sistemática de los derechos fundamentales de las y los agraviados, quienes ahora tienen la posibilidad de acudir a la Sala Constitucional para interponer un juicio de derechos humanos y con ello hacer valer de manera vinculatoria la recomendación.
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