*En el marco del Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura y dentro de la “Campaña Nacional contra la Tortura”.
Oaxaca, México.La tortura se produce cuando una persona inflige a otra deliberadamente un dolor o sufrimiento severo con fines tales como obtener información o una confesión, o castigar, intimidar o coaccionar a alguien. El torturador debe ser un agente del Estado, o el acto debe contar al menos con un cierto grado de aprobación oficial.
Ante el creciente número de casos documentados por organismos nacionales e internacionales, la convicción de que la tortura es un fenómeno generalizado en México encuentra cada vez más evidencia; actualmente la mayoría de las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia no disponen de sistemas, procedimientos y un diseño organizacional apropiado para aplicar ─en forma eficaz, transparente y sujeta a control─ medidas para prevenir, investigar, sancionar y reparar hechos constitutivos de tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes.
Un aspecto central, se encuentra en la relación de primer contacto policía-persona detenida, situación que se da naturalmente al momento de la detención legal o extra legal, hasta la puesta a disposición, en su caso, ante el Ministerio Público. En ese periodo,
crucial para garantizar el derecho al debido proceso, se registran con mayor frecuencia incidentes de tortura y es el espacio y tiempo en el que resulta difícil identificar, demostrar y aplicar procesos imparciales de investigación por parte del Ministerio Público y llevar a cabo mecanismos efectivos de prevención, tanto en un nivel operativo como judicial.
En el Estado de Oaxaca la tortura es una práctica planeada y ejecutada por agentes del Estado, la cual es implementada con diferentes objetivos, ejemplo de ello es lo vivido durante el año 2006, donde todos los detenidos denuncian que fueron torturados y es evidente que se utilizó para intimidar y suprimir el movimiento social. Sin que exista ningún responsable por cometer el delito de tortura.
En años subsecuentes y en diferentes movilizaciones se ha detenido a personas y también han denunciado tortura, muchos mencionan que se realizada en centros de detención oficiales, en donde los policías actúan con el permiso de sus superiores. Esta el caso de los veinticuatro jóvenes simpatizantes del movimiento yo soy 132, que sufrio tortura física, psicologica y de cáracter sexual al interior del cuartel de la policía del Municipio de Oaxaca.
De los casos demostrativos que acompaña el Centro donde se cometió tortura son:
Alvaro Sebastian, Preso Loxicha, actualmente cumpliendo una condena de 27 años en el Penal de Ixcotel, junto con otros 6 habitantes de Loxicha, y que ellos mencionan que para ser inculpados fueron torturados y obligados a firmar hojas en blanco, por lo que se les condeno por los delitos de: Lesiones Calificadas, Privación Ilegal de la Libertad, Robo de Uso, Robo, Daño en Propiedad Ajena, Acopio de Armas, Terrorismo, Conspiración y Asociación Delictuosa. Al momento de su detención Alvaro Sebastián Ramírez junto con los demás presos Loxicha, fueron desparecidos por horas, días y acusados de once delitos. Ellos han tenido que buscar apoyo jurídico en diferentes etapas del proceso y han interpuestos los recursos jurídicos que la ley les posibilita pero están en condiciones de desventaja, sin dinero para poder pagar sufragar los gastos de su defensa. En el proceso se ha demostrado que no son responsables de esos delitos y han sido absueltos de nueve delitos pero aun están en la cárcel.
Fernando Chazares y Jaime Betanzos. Periodista y líder indígena mazateco;
Torturados por policías municipales de Eloxochitlan, de Flores Magón, en noviembre del 2011; con el objetivo de desarticular su participación activa en la comunidad y como organizadores de la ceremonia en el DF a los Hermanos “Ricardo Flores Magón”, se denuncio el delito de tortura, se aplico el protocolo de Estambul, y el juez reclasificó el delito por lesiones. La denuncia sigue en proceso pero demuestra que aun con la reforma constitucional en los juzgadores existe una resistencia en reconocer la tortura y que tiene que ser calificada como tortura.
Pbro. Martín Octavio Garcìa Ortiz. Torturado el 19 de junio del 2010 por un grupo de personas afines al presidente municipal de San José del Progreso, Ocotlán de Morelos; en la denuncia interpuesta ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Oaxaca se señala claramente a sus agresores y se han aportado los elementos para demostrar la tortura, videos, fotos, testigos; sin que haya a 5 años avances en la denuncia, actualmente se encuentra en proceso. Al Padre Martín lo detienen en la población y lo torturan por su clara defensa al lado de la comunidad que denuncio violaciones a sus derechos humanos ante la imposición de un proyecto minero, mismo que actualmente se encuentra en operación con la complicidad y protección de las Autoridades Estatales y Federales, a pesar de que en la lucha por la imposición del proyecto extractivista se han vivido detenciones, hostigamientos, amenazas, asesinatos de Defensores de Derechos Humanos.
Ellos son VICTIMAS DE TORTURA, y en Oaxaca existen muchos más casos pero no se tipifican como tortura sino se reclasifica el delito en lesiones, tentativa de homicidio u otros delitos menos tortura, con esto se demuestra que se protege y alienta para que se vuelva una práctica recurrente en el estado.
“LA TORTURA ES UN DELITO Y SE DEBE CASTIGAR”
CENTRO REGIONAL DE DERECHOS HUMANOS “BARTOLOMÉ CARRASCO BRISEÑO” A.C.
INSTITUTO PARA LA SEGURIDAD Y LA DEMOCRACIA AC.