Oaxaca, México.- La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió una medida cautelar dirigida a los integrantes del cabildo de Tlacolula de Matamoros para evitar posibles violaciones a derechos humanos de la directora de la Instancia Municipal de la Mujer Tlacolulense (IMMT), A. L. H. A., quien denunció amenazas de muerte atribuidas al presidente de dicho ayuntamiento.
[caption id="attachment_291447" align="alignleft" width="143"] Edil de Tlacolula, además de mosógino, desoyó a un venado, especie protegida sin que la PROFEPA haya iniciado investigación.[/caption]Con estos antecedentes, la Defensoría inició el expediente de queja número DDHPO/1338/(24)/OAX/2015 con motivo de la queja presentada por A. L. H. A., quien expuso que desde el 20 de febrero es titular de la IMMT, y que por sus insistencia en solicitar recursos para el funcionamiento de su Instancia, que no le asignan, ha sido hostigada y obstaculizada en sus funciones por el presidente municipal de Tlacolula y algunos de sus colaboradores.
Debido a esta situación, A. L. H. A. agregó que el 23 de marzo de este año presentó ante la Comisión Permanente de Gobernación de la LXII Legislatura una solicitud de procedimiento administrativo contra el presidente municipal de Tlacolula.
La declarante señaló que, tras diferentes actos de hostigamiento, el 21 de agosto último, el presidente municipal la amenazó de muerte.
Con estos antecedentes, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca emitió una medida cautelar a los integrantes del cabildo de Tlacolula para que instruyan al presidente municipal a fin de que emita un informe detallado sobre los actos que constituyen la queja.
Asimismo, el organismo defensor solicitó a los integrantes del cabildo tlacolulense que giren instrucciones al presidente de ese municipio a efecto de que se abstenga de causar actos de privación o molestia en contra de familiares, domicilio, documentación o derechos de A. L. H. A.
Además, el organismo defensor solicitó la colaboración de la Comisión Permanente de Gobernación de la LXII Legislatura para que dentro de quince días hábiles precise el número de expediente que contenga el procedimiento que refiere la quejosa, a efecto de que el organismo defensor pueda dar seguimiento al caso.
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