Ciudadania Express
Martes 19 de mayo, 2015. 08:39 am

Emplaza CoIDH a México cumplir sentencias sobre abusos militares

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Oaxaca, México.-(apro).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) emplazó al Estado mexicano a cumplir cuatro sentencias emitidas entre 2009 y 2010, relacionadas con abusos cometidos por miembros del Ejército, entre ellos desaparición forzada, tortura y violación sexual. En la revisión del cumplimiento de sentencias, la CoIDH también alertó que la insuficiente reforma en el fuero militar permite la “fragmentación de casos”, como ocurrió con la masacre de Tlatlaya, Estado de México, donde se llevan a cabo dos juicios paralelos. Por su parte, organizaciones civiles litigantes solicitaron que se reabra el debate sobre el Código de Justicia Militar en el próximo periodo de sesiones del Congreso de la Unión. Luego de cinco y cuatro años de emitidas las sentencias por los casos de desaparición forzada de Rosendo Radilla y los abusos sexuales a las indígenas Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, así como las torturas a los campesinos ecologistas Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, respectivamente, el organismo jurisdiccional hizo evaluaciones por separado sobre el cumplimiento de los dictámenes del 17 de abril, notificadas los días 13 y 14 de mayo. indigenaRespecto de los resolutivos, las organizaciones que litigaron esos casos –los centros de derechos humanos Agustín Pro y Tlachinollan, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos y el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)– resaltaron que el Estado mexicano tiene como plazo el 3 de agosto y el 5 de octubre para rendir informes sobre “todas las acciones adoptadas” para cumplir con los pendientes aún no atendidos. Precisaron que el Estado mexicano deberá “adecuar de forma completa, en un plazo razonable, el derecho interno en materia de jurisdicción militar”, así como investigar, juzgar y sancionar los actos de tortura denunciados por Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera; la desaparición forzada en el caso Radilla y las violaciones cometidas en contra de Valentina Rosendo e Inés Fernández, además de tomar medidas para fortalecer el registro de personas detenidas en el país y reformar el código penal para tipificar adecuadamente la desaparición forzada de personas. Sobre el Código de Justicia Militar, las organizaciones que fueron notificadas de las revisiones de la CoIDH agregaron que el organismo consideró corta la reforma votada en abril del año pasado por el Congreso de la Unión. En el documento de la CoIDH se advierte que “la actual legislación continúa sin adaptarse parcialmente” a los estándares internacionales y a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Y resalta que entre los puntos que no fueron tocados por el Código de Justicia Militar destaca el hecho de que “aún autoriza la intervención del fuero militar en los delitos en que el imputado y la víctima sean militares, y en los delitos en que el imputado sea militar y no sea un civil sujeto pasivo del delito o titular del bien jurídico”. De acuerdo con la notificación revisada por las organizaciones litigantes, “la Corte hace referencia a las limitaciones de la legislación actual que quedaron en evidencia a partir de la masacre de Tlatlaya”. En este último caso se reflexionó que si bien las ejecuciones extrajudiciales son juzgadas en el fuero civil, “la causa permanece fragmentada porque la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) retuvo en el fuero militar el juzgamiento de determinadas conductas de los militares, con lo que se abre la posibilidad de que se extravíe evidencia y se realicen juicios paralelos que podrían arrojar conclusiones contrapuestas”. Las organizaciones firmantes pidieron a los integrantes del Congreso de la Unión que en el próximo periodo de sesiones se reabra el debate sobre el Código de Justicia Militar, “a efecto de que éste sea modificado para cumplir con el derecho internacional de los derechos humanos en los términos resueltos por el Alto Tribunal Regional y por los mecanismos de protección a derechos humanos de la ONU”. En un comunicado, las organizaciones recordaron que en su momento alertaron sobre los pendientes de la reforma, entre ellos que “no se haya restringido la extensión de la jurisdicción militar sobre casos de violaciones a los derechos de militares cometidas por sus pares”, así como “tratándose de delitos que no vulneran bienes jurídicos exclusivamente castrenses, cuya persecución interesa a la sociedad en su conjunto”. Las instancias castrenses de procuración y administración de justicia, añadieron, “no otorgan garantías orgánicas de independencia e imparcialidad, y es posible que las acusaciones dirigidas contra militares por este tipo de delitos en dichas instancias atenten contra el debido proceso”. Asimismo, destacaron que en los informes del Comité contra las Desapariciones Forzadas y del Relator sobre la Tortura, ambos de la ONU, “recomendaron a México adoptar medidas legislativas para excluir de la jurisdicción militar las violaciones de derechos humanos cometidas en contra de militares y que dichos delitos sean investigados y juzgados por autoridades civiles”.
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