Oaxaca.-La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca informó que las medidas cautelares que emitió a favor del párroco de Asunción Nochixtlán, Adrián de la Cruz Hernández, y su cuerpo pastoral fueron aceptadas por la Fiscalía General del estado para que no se causen actos de molestia en contra de estas personas, sus familias, domicilio o propiedades, y también para que se evite cualquier acto de represalia debido a la actividad de ayuda que brindaron a la población por lo ocurrido el 19 de junio en dicha comunidad.
El organismo defensor abrió el cuaderno de antecedentes DDHPO/CA/ 662/(15)/OAX/2016 cuando el presbítero y defensor de derechos humanos manifestó al personal de la institución autónoma que, debido a lo ocurrido el 19 de junio en Asunción Nochixtlán, brindó atención, asistencia y protección a las personas que resultaron lesionadas o afectadas.
El párroco defensor de derechos humanos agregó en su declaración que tanto él como sus colaboradores tienen temor de que por sus actividades de ayuda humanitaria a la población sean objeto de represalias o algún tipo de persecución, por lo cual solicitaron la protección de la Defensoría.
Ante esta petición, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca emitió medidas cautelares dirigidas al titular del Poder Ejecutivo a fin de que gire instrucciones para que los servidores públicos se abstengan de causar actos de molestia contra el presbítero, su cuerpo pastoral, así como las familias, domicilios y propiedades de éstos, además de que los servidores públicos se abstengan de causar actos que pudieran poner en riesgo la integridad de las personas beneficiadas con las medidas cautelares.
La Defensoría solicitó que se evite criminalizar la actividad de defensa de derechos humanos y ayuda humanitaria que realiza el presbítero de Asunción Nochixtlán junto con su cuerpo pastoral, además de pedir que se evite cualquier acto de represalia o persecución por esta labor.
El organismo defensor requirió la colaboración de la Procuraduría General de la República para que se abstenga de causar actos de molestia en contra de la persona, familia, domicilio, propiedades, posesiones, bienes y derechos del presbítero y su equipo pastoral, así como que cualquier acción que esta dependencia emprenda esté debidamente fundada o motivada por la ley, y que se abstenga de incurrir en actos de molestia o que pudieran poner en riesgo la integridad física de las personas beneficiadas por la medida cautelar.
Finalmente, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca informó que la Fiscalía General del estado aceptó las medidas cautelares dictadas, por lo cual hizo del conocimiento del organismo defensor que los titulares de las diferentes áreas de la Fiscalía se comprometieron a salvaguardar los derechos de las persona beneficiadas con dichas medidas de protección.