El derecho a una vida libre de violencia es el derecho que tiene la mujer a que ninguna acción u omisión, basada en el género, le cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público.
En su blog, la Segob indicó que la mujer también tiene el derecho al reconocimiento, goce, ejercicio y protección de sus derechos humanos, libre de comportamientos y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad que la hagan menos.
En este sentido, tiene derecho a que se respete su vida; su integridad física, psíquica y moral; su libertad y seguridad personales; a no ser sometida a torturas; a proteger a su familia; a la igualdad ante la ley y de la ley; y a la libertad de asociación, creencias y religión.
Asimismo, a ejercer sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales; a estar libre de discriminación; a no ser educada y valorada bajo patrones estereotipados, entre otros.
Por ello, las autoridades deben tomar todas las medidas apropiadas para garantizar, sin discriminación alguna, la igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio y el goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todas las esferas, resaltó.
Deben condenar la violencia contra la mujer y aplicar todas las medidas apropiadas para eliminarla, así como deberán prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres e incluir en su legislación interna normas penales, civiles y administrativas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Del mismo modo, adoptar medidas jurídicas para que los agresores se abstengan de hostigar, intimidar, amenazar, dañar o poner en peligro la vida de las mujeres, su integridad o propiedad, entre otras obligaciones.