Oaxaca.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que se mantiene firme la multa por 2 millones 056 mil 890 pesos impuesta al municipio de Oaxaca de Juárez, por su responsabilidad en la contaminación de suelo natural derivado de la operación inadecuada del basurero municipal de Villa de Zaachila.
Lo anterior, luego de que el Séptimo Tribunal Colegiado en materia administrativa del primer circuito le negó al municipio de Oaxaca de Juárez el amparo que interpuso contra la resolución de la PROFEPA.
Cabe recordar que personal de esta Procuraduría realizó en el año 2011 una visita de inspección al municipio de Oaxaca de Juárez, como responsable del basurero ubicado en la colonia Vicente Guerrero del municipio de Villa de Zaachila, en la que se constató contaminación de suelo natural.
En ese entonces la PROFEPA efectuó las tomas de muestras correspondientes, mismas que fueron analizadas por la Red Nacional de Laboratorios Ambientales de esta Procuraduría, y con base en la opinión técnica de la Dirección General de Asistencia Técnica Industrial se detectó un punto de contaminación con arsénico y tres puntos de contaminación con vanadio, cuyas concentraciones rebasan los límites máximos permisibles establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-147-SEMARNAT-SSA1-2004.
En consecuencia, se inició un procedimiento administrativo a través del cual la PROFEPA impuso como sanción una multa de $2,056,890 pesos, así como medidas correctivas, entre ellas, la caracterización ambiental del sitio y posteriormente la restauración del mismo previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Inconforme con dicha determinación, el municipio interpuso un recurso administrativo de revisión. Posteriormente demandó la nulidad de la confirmación y mediante sentencia, la Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa reconoció la validez de la resolución.
Contra esto último, el infractor interpuso juicio de amparo directo, que mediante ejecutoria, el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito le negó.
Ante tal circunstancia, ha quedado firme la determinación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; por lo tanto, el municipio de Oaxaca de Juárez debe cumplir con las sanciones impuestas.
Es importante mencionar que en acciones recientes la PROFEPA realizó una visita de verificación con el objeto de constatar el cumplimiento de las medidas correctivas en el lugar contaminado, donde observó que a la fecha el municipio de Oaxaca de Juárez no ha llevado a cabo la remediación del sitio.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente continúa realizando las acciones necesarias a fin de que se dé cabal cumplimiento a las determinaciones impuestas y con ello garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano.