Oaxaca.-Los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyeron el litigio por daño moral derivado de la publicación del documental
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Por mayoría de tres votos a uno, el ministro José Ramón Cossío no estuvo presente. Además, los integrantes de la Primera Sala negaron el amparo a Víctor Daniel Reyes Bravo, quien reclamó la difusión y uso de su imagen en el filme.
En el fallo realizado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Corte indicó que Reyes Bravo al intervenir como testigo en el proceso penal documentado en la película adquirió el estatus de persona privada con proyección pública pues la forma y alcance de la investigación, persecución y sanción penal del caso cuentan con un notable interés público.
De este modo, el fallo confirmó las consideraciones emitidas por el Tribunal Colegiado que conoció originalmente del amparo promovido por Reyes Bravo.
"El hecho de que alguien sea calificado como persona o figura pública implica que el nivel de protección que le reconoce el Estado respecto de su derecho humano al honor e intimidad es menor", indica la sentencia.
"La dimensión pública no les priva de su derecho al honor, sino simplemente que el nivel de intromisión admisible será mayor, aunque dichas intromisiones deberán estar relacionadas con aquellos asuntos que sean de relevancia pública".