Y es que el pasado 28 de julio de 2016, los integrantes de la LXII Legislatura aprobaron mediante el decreto 2006, el incremento de dos a cinco el número de miembros de un partido político para integrar una bancada.
Ante ello, los diputados electos del PAN, Juan Mendoza Reyes, Fernando Huerta Cerecedo, Leslie Mendoza Zavaleta y Eufrosina Cruz Mendoza, así como del Partido del Trabajo (PT), Jesús Romero López, Rosa Elia Romero Guzmán y Juan Bautista Olivera Guadalupe, presentaron una impugnación.
Por tanto, el órgano determinó inaplicar la modificación en apego a la figura política de reviviscencia de la norma vigente con anterioridad.
Los magistrados, de acuerdo a la resolución, determinaron que la modificación efectuada por los legisladores que integran la actual Cámara de Diputados, “contraviene los fines de democracia representativa y los principios democráticos y de progresividad”.
“En efecto, el requisito establecido en la porción normativa impugnada si bien está previsto en una ley tanto en sentido formal como material, carece de un fin constitucionalmente legítimo, en cuanto a que no se advierte que sirva a un fin previsto constitucionalmente para ejercer el derecho político de los actores de integrar una fracción parlamentaria”, detalla el documento.
Al respecto, el dirigente partidista y diputado electo, celebró la vocación democrática del TEEO, además de que reiteró la necesidad de recuperar la dignidad de los congresistas.
En entrevista, sostuvo que las y los oaxaqueños votaron a favor de la pluralidad democrática en la Cámara de Diputados, de ahí que existe una corresponsabilidad con los electores.
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