Oaxaca.-La Defensoría De los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca solicitó al Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) garantizar el derecho a la educación de un estudiante de la escuela primaria “Leona Vicario”, ubicada en la ciudad de Salina Cruz, luego de que servidores públicos adscritos a esa dependencia le negaron el derecho a la educación en dicho centro escolar.
La Defensoría abrió el expediente DDHPO/072/RIT/(21)/OAX/2016, el 6 de septiembre de 2016, con motivo de la queja presentada contra servidores públicos dependientes del IEEPO por una ciudadana que reclamó violaciones al derecho a la educación de su hijo.
La Defensoría formuló una propuesta de conciliación dirigida al IEEPO, a fin de que instruyese a quien corresponda para que de manera inmediata el agraviado fuese reinscrito al tercer grado en la primaria “Leona Vicario”, con el objetivo de evitar mayores perjuicios al agraviado en materia educativa.
Además, la institución defensora autónoma solicitó realizar las acciones necesarias y suficientes para lograr que el agraviado se regularice, a efecto de que no pierda el presente ciclo escolar 2016-2017, en atención al tiempo que ha transcurrido desde que se le negó la reinscripción en la citada institución educativa.
La Defensoría solicitó instruir al órgano de control interno del IEEPO para que inicie y concluya procedimiento administrativo de responsabilidad en contra de quien fungió como directora de la escuela “Leona Vicario” en la época de los hechos, así como del actual director de esa institución educativa, y en su caso se impongan las sanciones que procedan.
La quejosa refirió que el cinco de septiembre de 2016, al acudir a las instalaciones de la Escuela Primaria “Leona Vicario” con la finalidad de realizar los trámites de reinscripción de su hijo, la directora de esa institución educativa, sin darle explicaciones, le negó la reinscripción del niño.
Al respecto, la Defensoría informó que, tras requerir una explicación a la escuela, el 3 de febrero de este año recibió un oficio signado por el actual director del colegio, el cual indica que la condicionante para reinscribir al niño agraviado resulta ser la cuota establecida por el Comité de Padres de Familia de la primaria “Leona Vicario”.
La Defensoría señaló que el artículo 3° de la Constitución Política Federal establece que toda la educación que el Estado Mexicano imparta será gratuita, y en su artículo 4° la misma Carta Magna reconoce la obligación del Estado de preponderar siempre los derechos de los niños y las niñas.
La institución autónoma puntualizó que no puede negarse al estudiante su reinscripción por falta de pago de cuota alguna, por lo que, con su negativa, el director de esa primaria vulnera el derecho a la educación del niño, al condicionarle el acceso a la educación básica y obligatoria a que tiene derecho y negarle la instrucción necesaria para el desarrollo armónico de todas sus capacidades cognoscitivas, intelectuales, físicas y humanas.
La Defensoría concluyó que tanto el actual director de la escuela primaria “Leona Vicario”, como las instancias responsables de la educación en el Estado vulneraron los derechos de la niñez en perjuicio del agraviado, pues dicho director ha dejado de lado la obligación de dar cumplimiento a lo establecido en las normas internacionales, federales y estatales, respecto de brindar educación gratuita al estudiante.
Asimismo, el organismo defensor autónomo advirtió que las instancias responsables de la educación en el estado no han tomado en consideración de manera plena el principio del interés superior de la niñez, pues no han garantizado el derecho a la educación del agraviado.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo de Oaxaca solicitó a la autoridad que en un plazo de diez días hábiles, informe sobre la aceptación de la propuesta de conciliación y, en su caso, remita las pruebas correspondientes a su cumplimiento.