Oaxaca.- Por amplia mayoría, la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó una resolución que condena la decisión de Estados Unidos de reconocer a Jerusalén como capital de Israel.
De los 193 estados miembros, 128 votaron a favor de la resolución y 9 en contra, mientras que 35 países se abstuvieron durante una sesión de emergencia que el presidente estadunidense, Donald Trump, había advertido que seguiría de cerca, amenazando con represalias a los países que respaldaran la medida.
Sólo Guatemala, Honduras, Islas Marshall, Micronesia, Nauru, Palau y Togo se alinearon con Estados Unidos e Israel, aunque las presiones estadunidenses se tradujeron en un número de abstenciones, mayor del habitual en este tipo de resoluciones.
Entre otros, se abstuvieron Argentina, Australia, Canadá, Colombia, Hungría, México, Panamá, Paraguay y Polonia.
“Este voto será recordado”, había advertido poco antes de la votación la embajadora estadunidense, Nikki Haley, dejando claro que EU no olvidará el voto cuando los países le pidan ayuda o cuando se le reclame que siga siendo el principal apoyo económico de Naciones Unidas.
La medida fue enviada a la Asamblea General luego de que el lunes, Washington vetó en el Consejo de Seguridad de la ONU una resolución similar, apoyada por los otros 14 Estados miembros de ese órgano.
Esa situación llevó a los palestinos y sus aliados a recurrir a la Asamblea General, donde ningún país tiene poder de veto, pero cuyas resoluciones no tienen el carácter vinculante de las del Consejo de Seguridad.
Esta condena se da luego de que el pasado 6 de diciembre Trump reconoció Jerusalén como capital israelí, rompiendo décadas de consenso internacional, según el cual el estatus final de la ciudad debe ser acordado en un proceso de paz entre israelíes y palestinos.
La resolución aprobada este jueves reitera la doctrina de Naciones Unidas sobre Jerusalén y exige “que todos los Estados cumplan las resoluciones” del Consejo de Seguridad relativas a la ciudad.
La Asamblea General subraya que todas las decisiones “que pretendan haber modificado el carácter, el estatuto o la composición demográfica de la Ciudad Santa de Jerusalén no tienen efecto jurídico alguno, son nulos y sin valor y deben revocarse”.