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Avala SEGOB uso de la fuerza estrictamente cuando sea inevitable e indispensable

Miércoles 18 de octubre, 2017.
06:15 pm
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Oaxaca- La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza, del cual dice es de observancia general y obligatorio para las y los integrantes de la Policía Federal. Precisó que tiene por objeto establecer los parámetros y condiciones mínimas, que permitan diferenciar y definir el uso de las técnicas, tácticas, armas, equipo y niveles de fuerza, atendiendo a las circunstancias que se presenten, ya sea para aumentar o para disminuir el grado de aplicación de éstas. Asimismo, tiene como finalidad brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía en relación con el uso de la fuerza que realicen las y los integrantes de la Policía Federal en el ejercicio de sus funciones. Para efectos del Protocolo, además de lo previsto en otras disposiciones jurídicas aplicables, los objetivos del Uso de la Fuerza son los siguientes: Hacer cumplir la Ley Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos Preservar o restablecer el orden y la paz públicos Mantener la vigencia del Estado de Derecho, y Proteger los bienes jurídicos tutelados. Contrarrestar la resistencia de personas o grupo de personas, en caso de flagrancia o por mandamiento de autoridad competente Prevenir la comisión de hechos delictivos Proteger la vida e integridad física de las y los Integrantes, así como de terceros. Para efectos del Protocolo, además de lo previsto en otras disposiciones jurídicas aplicables, la o el Integrante en todo momento debe sujetar su actuación en el Uso de la Fuerza, bajo los siguientes principios: Legalidad: Regir su actuación a lo que la Ley u otras disposiciones jurídicas le faculte, garantizando que el Uso de la Fuerza esté dirigido a lograr un objetivo legítimo. Necesidad: Emplear el Uso de la Fuerza sólo cuando sea estrictamente indispensable e inevitable, para tutelar la vida e integridad de las personas o el objetivo legítimo que se busca, privilegiando de conformidad con las circunstancias del caso, los niveles del Uso de la Fuerza relacionados con la presencia policial y la verbalización. Proporcionalidad: Hacer Uso de la Fuerza de manera adecuada y en la medida acorde a la agresión recibida o la resistencia encontrada y el peligro existente, aplicando un criterio de uso diferenciado y progresivo de la fuerza atendiendo a su intensidad, duración y magnitud. En el documento publicado se establece también que el Uso de la Fuerza comprende diferentes medios y mecanismos de control disponibles para las y los Integrantes frente a aquellas situaciones que vulneren o puedan vulnerar los derechos y libertades de las personas o la seguridad pública, que les permitan establecer la diferencia en el Uso de la Fuerza en la planeación y toma de decisiones ante acciones específicas para enfrentar las agresiones recibidas o las resistencias encontradas. Además las y los Integrantes, para el adecuado ejercicio de sus funciones, deberán portar el uniforme de acuerdo a las necesidades del servicio, con base en las disposiciones aplicables, y estarán dotados del equipo idóneo para el ejercicio de sus funciones, de acuerdo al servicio y tipo de operación que les corresponda realizar. El Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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