Oaxaca.- Con 248 votos a favor, 115 en contra y 48 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó ayer en lo general la Ley de Seguridad Interior, que regula la actuación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública, y que en los términos en que la impulsó el PRI es rechazada por organizaciones ciudadanas y partidos de la oposición, al señalar que militariza el país y abre la puerta a violaciones de derechos.
En la sesión, en el momento de la votación general, no estuvieron presentes 87 diputados.
Votaron a favor las bancadas del PRI (183) y el Partido Verde Ecologista de México (35 diputados). También 14 panistas, 2 perredistas, 9 legisladores de Nueva Alianza, y 9 del PES.
Votaron en contra 17 diputados del PAN, 39 del PRD, 39 de Morena, 17 de Movimiento Ciudadano, y un independiente. Hubo 48 abstenciones, todas de panistas.
Tras la aprobación en lo general, fueron presentadas 101 reservas a la ley, con la participación de 44 oradores, 4 del PAN, 22 del PRD, 11 de Morena, 6 de Movimiento Ciudadano y del PES.
La cuenta @NoticiaCongreso, del Canal del Congreso, indicó que cerca de las 19:00 horas, con 214 votos a favor, 101 en contra y 4 abstenciones, fue aprobado en lo general y en lo particular el dictamen que expide la Ley de Seguridad Interior, por lo que fue turnado al Senado para seguir el trámite legislativo.
Antes, con 18 votos a favor y 13 en contra, la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen, llevándolo fast-track al pleno.
EVALUARÁ LEY LA CNDH
El presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, Luis Raúl Gonzaléz Pérez, dijo que la Comisión consideraría presentar una acción de inconstitucionalidad, tras evaluar lo dispuesto en la ley aprobada.
“Dependiendo de que aprueben la Ley y cómo la aprueben, la Comisión Nacional cumplirá con su función de evaluar si es contraria a los principios constitucionales y desde luego tenemos la facultad de acción de inconstitucionalidad”, dijo González Pérez, desde Washington, de acuerdo con Reforma.
El coordinador de los diputados priistas, César Camacho, publicó en Twitter las razones por las que su partido respaldó la Ley de Seguridad Interior, destacando puntos como que “por ningún motivo” las movilizaciones de protesta social serán objeto de la ley, y que se buscará garantizar la protección de los derechos humanos.
Esto ocurre un día después de que el presidente Enrique Peña Nieto urgiera al Congreso a votarla y pese a las críticas que ha recibido de decenas de organizaciones de la sociedad civil.
Diputados del PRI, Verde Ecologista, y una legisladora del PAN, Claudia Sánchez Juárez, del Estado de México, votaron a favor en la comisión de Gobernación, mientras que PRD, Morena y el resto de los panistas fijaron su posición en contra.
Los diputados habían convocado la reunión en la oficina de la comisión y sin transmisión en el Canal del Congreso, pero ante la presión de integrantes de la sociedad civil, los legisladores tuvieron que cambiarse a un salón de la planta baja.
Tras la votación, los diputados salieron por la parte trasera del salón para evitar encontrarse con los activistas que estaban en la entrada.
“Acaban de finalizar con la posibilidad de empezar con un proceso de pacificación del país, la militarización no es el camino, lo dice la experiencia internacional. Mientras todos van en ese sentido, opuesto a lo que hoy está pasando en la Cámara de Diputados, aquí en menos de dos horas, en lo oscurito, sin escuchar a la sociedad civil, en corretiza… acaban de dar un golpe a los derechos humanos y a un proceso de paz”, dijo Alfredo Lecona, integrante del colectivo #SeguridadSinGuerra.
El miércoles, el presidente Enrique Peña Nieto dijo que la ley “dejó de ser solamente una valiosa propuesta, para convertirse en una imperiosa necesidad”, pues dijo que si bien la actuación de los militares se sustenta en su lealtad y disciplina, hace falta un marco jurídico adecuado que regule sus tareas.
“Confío en que el Congreso de la Unión atenderá con la urgencia que hoy se requiere esta importante iniciativa que brindará mayor certidumbre a las Fuerzas Armadas y a la sociedad mexicana”, agregó.
Sin embargo, integrantes del colectivo #SeguridadSinGuerra y activistas señalan que aprobar legislación en materia de “seguridad interior” perpetuaría la militarización de la seguridad pública y la violencia.
Argumentan que son los gobiernos estatales quienes tienen la obligación de formar corporaciones policiacas eficaces que garanticen nuestra seguridad para no recurrir al servicio de las Fuerzas Armadas.
En un comunicado #SeguridadSinGuerra manifestó: “Nos oponemos categóricamente a la expedición de una ley o reformas que permitan a las autoridades federales, estatales y municipales, continuar evadiendo sus responsabilidades constitucionales en materia de seguridad pública”.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y 11 organizaciones internacionales de defensa de derechos humanos, entre ellas Amnistía Internacional, expresaron su “preocupación ante el avance de la Ley de Seguridad Interior pues hay potenciales riesgos de violaciones a los derechos humanos por la militarización del país.
Definición de seguridad interior
» “La condición que proporciona el Estado mexicano que permite salvaguardar la permanencia y continuidad de sus órdenes de gobierno e instituciones, así como el desarrollo nacional mediante el mantenimiento del orden constitucional”.
Aspectos del dictamen
» Indica que la aplicación de la ley corresponde al Ejecutivo.
» Establece una solicitud de Declaratoria de Protección de Seguridad Interior.
» Las Fuerzas Armadas podrán actuar sin necesidad de una declaratoria.
» Las movilizaciones de protesta social no podrán ser consideradas amenazas a la seguridad interior, siempre y cuando se realicen pacíficamente.
8 PUNTOS CLAVE
Imperiosa necesidad
A continuación 8 puntos clave de la Ley de Seguridad Interior aprobada por los diputados (pasó al Senado), y que el presidente Enrique Peña Nieto consideró como una “imperiosa necesidad”:
1.En el artículo 11 se establece que el presidente de la República podrá ordenar por sí o a petición de las legislaturas de las Entidades Federativas, la intervención de la Federación para la realización e implementación de Acciones de Seguridad Interior, es decir, una intervención del Ejército y la Marina en zonas de conflicto.
2. Al existir las condiciones de amenaza mencionadas en el punto anterior, el presidente de la República, “previa consideración del Consejo de Seguridad Nacional, determinará la procedencia de la intervención de la Federación y expedirá, dentro de las setenta y dos horas siguientes, la Declaratoria de Protección a la Seguridad interior”.
3.En el artículo 16, sin embargo, también se establece que “en aquellos casos en que las amenazas representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de Gobierno”, el Presidente de la República, “bajo su estricta responsabilidad”, podrá ordenar acciones inmediatas de las Fuerzas Armadas.
4. En el artículo 7, se establece que “los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de esta Ley deberán someterse, en todo momento y sin excepción, a la preservación irrestricta de los derechos humanos y sus garantías, de conformidad con los protocolos emitidos por las autoridades correspondientes.
5.“En los casos de perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, y cuya atención requiera la suspensión de derechos, se estará a lo dispuesto en el artículo 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes respectivas”, es otro de los puntos señalados en el artículo 7.
6.El artículo 8 indica que “las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen pacíficamente de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como Amenazas a la Seguridad Interior”.
7. En el artículo 15 se señala que al emitirse la declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, deberá fijarse el plazo de la intervención de las Fuerzas Armadas, “la cual no podrá exceder de un año”.
8.En la ley se establece que “las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de Seguridad Interior en los ámbitos de sus respectivas competencias. Podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información; todo se realizará con pleno respeto a los derechos humanos”.