Oaxaca.-Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que es inconstitucional que los patrones no estén obligados a inscribir a las trabajadoras del hogar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), lo que representa un gran avance en la lucha por los derechos de las mujeres trabajadoras.
La @SCJN declara discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del IMSS: https://bit.ly/2G07QrJ
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“No existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la ley del IMSSexcluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual provoca discriminación injusta contra dichas trabajadoras”, señala la SCJN. “Dejar fuera el trabajo doméstico del régimen obligatorio del IMSS afecta de manera desproporcionada a la mujer, pues estadísticamente la labor del hogar es realizada preponderantemente por ellas (nueve de cada diez empleados del hogar son mujeres según el INEGI)”.
Las trabajadoras del hogar que no están inscritas en el IMSS no pueden acceder a prestaciones sociales como servicio médico, guarderías y créditos de vivienda; una situación que era reforzada por el Artículo 13 de de la Ley del Seguro Social, que establece como “voluntaria” la incorporación de las trabajadoras al IMSS.
“Por ello se concedió el amparo, entre otros aspectos, para hacer del conocimiento del IMSS esta situación discriminatoria“, continúa la Suprema Corte. “Y ordenar que dentro de un plazo prudente (primer semestre de 2019), implemente un ‘programa piloto‘ que tenga como fin diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para trabajadoras del hogar que a su vez entregue las facilidades administrativas necesarias que permitan cumplir de manera sencilla y clara las obligaciones patronales“.
El trabajo del hogar
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