Oaxaca.-El Tribunal Electoral del estado de Puebla decidió declarar válida la elección en ese estado y ratificar el triunfo de Martha Erika Alonso, luego del recuento total de votos realizado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“Se confirma la declaración de validez de la elección y la elegibilidad de la candidata que obtuvo la mayoría de votos, así como la entrega de la constancia respectiva, a la ciudadana Martha Erika Alonso Hidalgo, postulada por la coalición Por Puebla al Frente”, indicó el presidente del Tribunal, Fernando Chevalier Ruanova.
De acuerdo con la sentencia, no obstante, por irregularidades fue anulada la votación recibida en 59 casillas instaladas para los comicios del pasado 1 de julio, que fueron impugnados por la coalición Juntos Haremos Historia, que postuló a Miguel Barbosa Huerta.
El pasado 1 de octubre, el TEEP recibió de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el documento que contenía las actas circunstanciadas y sus respectivas actas de cómputo del recuento realizado por las Salas Regionales Ciudad de México y Toluca.
En la sesión, el magistrado Ricardo Adrián Rodríguez Perdomo dijo que la elección en la entidad fue legitimada por 67 por ciento de los votantes, que eligieron diputados locales, ayuntamientos y a quien encabezará el Poder Ejecutivo del estado.
Mencionó que al analizar el presente asunto nunca se perdió de vista que se acataran a los principios rectores electorales, por lo que la función fue resolver conforme a derecho.
En tanto, Jesús Gerardo Saravia Rivera, magistrado del TEEP, señaló que en el análisis del expediente encontraron que en 59 casillas de la elección a la gubernatura existieron irregularidades “irreparables e insubsanables“, al existir discrepancias determinantes de los ciudadanos que votaron conforme al listado nominal y el total de boletas extraídas en la urna.
“De tal forma que en estas 59 casillas la diferencia entre los ciudadanos que votaron conforme a listado nominal y los votos de primer lugar fue mayor que la diferencia entre los votos obtenidos entre primero y segundo lugar, razón para decretar la nulidad en estas 59 casillas”, aseguró.
Saravia Rivera mencionó que lo anterior significó una disminución neta de la votación correspondiente a la elección de 17 mil 438 votos, de los cuales nueve mil 27 corresponden a quien obtuvo el primer lugar y ocho mil 311 a quien el obtuvo el segundo lugar.
Por su parte, el presidente del TEEP, Fernando Chevalier Ruanova, señaló que cumplieron con los principios rectores, en donde el Tribunal fue exhaustivo y con el compromiso de seguir impartiendo justicia.
Indicó que tras el análisis resolvieron desechar los recursos de inconformidad por parte de Sergio Mastretta, así como la demanda de Sandra Guadalupe López, también los recursos del partido Morena.
Respecto a los recursos de inconformidad TEEP-1-031 y acumulados todos del 2018, sostuvo que se declaran infundados e inoperantes los agravios respecto a la nulidad de la elección.
Al mismo tiempo, enfatizó, se confirma la declaración de validez de la elección y la elegibilidad de la candidata que obtuvo la mayoría de votos, así como la entrega de la constancia respectiva a Martha Erika Alonso Hidalgo, postulada por la coalición Por Puebla al Frente. (Ntmx)