Oaxaca.-En la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa del TEPJF revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que declaró inválida la elección de concejales del ayuntamiento de Ciénega de Zimatlán, al decretar un empate entre el Partido Revolucionario Institucional y la Coalición “Por Oaxaca al Frente”, integrada por los partidos políticos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano.
Al resolver el juicio de revisión constitucional 384 y el juicio ciudadano 909, promovidos por el Partido de la Revolución Democrática y Concepción Libia Hernández Castillo, los magistrados federales determinaron que el Tribunal Electoral local vulneró el principio de exhaustividad que debe regir en toda decisión de órgano jurisdiccional, pues al referirse al voto reservado determinó su nulidad bajo el argumento de que los consejeros electorales municipales violaron los lineamientos que regulan, entre otros aspectos, la calificación de votos reservados, sin allegarse de más elementos que fundamentaran su decisión, como lo era analizar la boleta del voto nulo que hizo la diferencia entre los partidos que ocuparon el primer y segundo lugar.
Por lo que, se ordenó al Tribunal local que, en un plazo breve, emita una nueva resolución en la que se allegue de la boleta correspondiente para que, en términos de la ley, proceda a determinar, de manera fundada y motivada, su validez o nulidad y establezca si se actualiza o no el señalado empate.
En la sesión pública de resolución de este viernes 9 de noviembre, se resolvieron 13 medios de impugnación: cinco juicios ciudadanos y ocho juicios de revisión constitucional electoral.
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