San Raymundo Jalpan, Oax.- El Congreso local realizó modificaciones al Código Civil y al de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, para simplificar el procedimiento del divorcio incausado, garantizando con ello el respeto a la dignidad de las y los ciudadanos.
Como contexto, la creación del divorcio sin causales se estableció en la legislación local mediante decreto número 951, aprobado por la anterior legislatura, para evitar conflictos en el proceso de disolución del vínculo matrimonial, sin embargo, la actual redacción en los códigos obstaculiza el fin de la figura jurídica del divorcio incausado.
Lo anterior porque la disolución del vínculo matrimonial es decretada hasta que se lleve a cabo la audiencia preliminar en la que, además, se exhorta a los cónyuges continuar con la unión matrimonial, pese a que algún consorte al presentar su demanda de divorcio ya decidió no seguir viviendo en matrimonio.
Por ello, la modificación consiste en que, una vez admitida la demanda de divorcio, el juzgador requerirá al actor para que en término de tres días ratifique su demanda y una vez ratificada se decrete el divorcio, sin necesidad de esperar a la audiencia.
Y una vez decretado el divorcio, el Juez de Primera Instancia remitirá copia de ella al Oficial del Registro Civil ante quien se celebró el matrimonio, para que levante el acta correspondiente.
Las reformas se hicieron al artículo 294 del Código Civil y a los artículos 146 y 664 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, que también obedece al principio de interés superior del menor.