Oaxaca.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) autorizado que los menores de edad puedan elegir que apellido llevar primero, esto lo determinó al señalar que da libertad para que los jóvenes decidan si colocarán antes materno o el paterno.
Se dijo que anteponer el apellido del padre al de la madre, era atentar contra el derecho a la igualdad así como a los principios de no discriminar a la mujer, indicó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Así que con los anteriores argumentos la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha resuelto que los menores de edad ahora tengan el derecho tanto a opinar como a decidir acerca si se cambian o no de apellido, o están conformes como los tienen puestos, esto con el fin de no vulnerar su derecho de identidad.
“Si en el caso, el niño estaba escolarizado y en los distintos ámbitos de su vida había utilizado el apellido de su madre, sin que hubiera tenido una relación personal con su padre, no resulta razonable que se determine que primero vaya el apellido paterno y después el materno”.
“Máxime que la Primera Sala ha concluido que el anteponer el apellido paterno atenta contra el derecho a la igualdad y no discriminación de las mujeres, porque implica reiterar la concepción de la mujer como miembro secundario de una familia encabezada por el hombre” señala el comunicado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En el mismo comunicado, la SCJN dijo en cuanto al pago de alimentos retroactivos poniendo el beneficio del menor, que este pago debe ser en cantidad líquida y no en un porcentaje indica el texto.
“En este sentido, el Juez debe de valorar las pruebas y tomar en cuenta distintas cuestiones que permitan fijar una cantidad adecuada, ya que la cuantificación exige de cierto elementos de convicción y análisis de condiciones particulares” finalizó el comunicado de la SCJN.
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