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CIDH otorga medida cautelar a víctima de tortura por policías

CIDH otorga medida cautelar a víctima de tortura por policías
FOTO: CEDHAPI
Jueves 23 de julio, 2020.
07:01 pm
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Oaxaca.-La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó una medida cautelar a una víctima de tortura y a su familia, por hechos de los cuales son responsables el presidente municipal de Tlaxiaco, Oaxaca, y la policía de ese lugar, informó el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas, AC (Cedhapi).

El 18 de julio, la CIDH emitió la resolución 38-2020 y la medida cautelar MC-636-20 Ángel y Familia, pues en vista de los antecedentes consideró que el asunto reúne prima facie los requisitos de gravedad, urgencia e irreparabilidad contenidos en el artículo 25 de su reglamento.

Por ello, solicitó a México que:

“a) Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Ángel y su familia. Al respecto, el Estado debe tanto asegurar que sus agentes respeten la vida e integridad personal de las personas beneficiarias de conformidad con los estándares establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos , como proteger sus derechos en relación con actos de riesgo que sean atribuibles a terceros;

“b) Concierte las medidas a implementarse con las personas beneficiarias y su representante; y

“c) Informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.”

De acuerdo con el Cedhapi, la CIDH también solicitó a México que le informe dentro del plazo de 10 días sobre la adopción de las medidas cautelares acordadas y actualizar dicha información en forma periódica.

La Comisión resaltó que, de conformidad con el artículo 25 de su Reglamento, el otorgamiento de medidas cautelares y su adopción por el Estado no constituye prejuzgamiento alguno sobre la posible violación de los derechos protegidos en la convención Americana y otros instrumentos aplicables.

Los hechos

La resolución de la CIDH se emitió luego de que el sábado 21 de marzo de 2020, aproximadamente a las 21:45 horas el joven Ángel Daniel Bautista Vásquez llegaba al domicilio de sus papas –ubicado en el barrio San Nicolás, rumbo a la carretera a San Juan Mixtepec, en una calle que entronca a la carretera que va a cañada Alejandro, Tlaxiaco­– y en el momento en que descendía de un automóvil fue agredido por elementos de la policía municipal, quienes iban a bordo de una patrulla efectuándole varios disparos de arma de fuego, lesionándolo con un impacto de arma de fuego en la pierna izquierda e inmediatamente se le abalanzaron, lo esposaron y se lo llevaron a un terreno baldío y lo torturaron y en la tortura fue fracturado de la pierna derecha.

De acuerdo con el Cedhapi, el joven Bautista Vásquez se encuentra actualmente en atención médica, ya que fue intervenido quirúrgicamente y hasta el momento no ha vuelto a caminar.

Por estos agravios, el 2 de abril se presentó una denuncia penal por el delito de tortura y demás que resulten en contra de elementos de la policía municipal de Tlaxiaco. “Oportunamente el presidente municipal de la ciudad de Tlaxiaco, Gaudencio Ortiz Cruz se enteró de los hechos por el informe que le entregó la agenta municipal del barrio de San Nicolás, y hasta el momento los policías responsables siguen trabajando normalmente, sin que se les haya sancionado administrativamente”.

La organización señaló que actualmente no se ha detenido a ninguna persona por dichos hechos y la familia de la víctima ha sufrido constantes amenazas por parte de elementos de la policía municipal de Tlaxiaco.

Familiares del joven Ángel Daniel Bautista Vásquez y el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas solicitaron que el Gobierno Mexicano cumpla la medida cautelar otorgada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a efecto de salvaguardar la integridad física de los beneficiarios.

Asimismo, que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca investigue los hechos de tortura que fueron denunciados oportunamente, bajo los lineamientos legales y estándares internacionales establecidos en la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura; Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles o Degradantes; Ley General para Prevenir Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes; Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes del Estado de Oaxaca.

También pidieron que la Secretaría de Gobernación convoque urgentemente a una reunión de implementación de medidas cautelares, en la que también deberá ser citado el presidente municipal de Tlaxiaco por ser la autoridad responsable directa.

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