Comunicado
Oaxaca.-La Unión Cívica Democrática de Barrios, Colonias y Comunidades es una organización que desde hace 19 años defiende la tierra y territorio, derechos laborales, derechos de los pueblos indígenas y afrodescendientes de la región de la Costa Chica del estado de Oaxaca, está compuesta por hombres y mujeres que de manera organizada exigen el cumplimiento de las obligaciones de autoridades, locales, municipales, estatales y federales.
La organización ha denunciado que el día 23 de junio, Joaquín Zarate Bernal, miembro de la Comisión de seguridad de la organización, fue interceptado por cuatro personas vestidas de civil, quienes lo golpearon, amenazaron con arma de fuego y subieron a bordo de un vehículo tipo pickup color blanco, en ningún momento estas personas se identificaron o mostraron orden de aprehensión alguna para justificar su detención.
De acuerdo a la información suministrada por la UCIDEBACC durante 24 horas ninguna corporación policiaca del estado de Oaxaca dio información sobre el paradero del activista, incluso la organización inició un Juicio de Amparo para exigir a las autoridades que informaran sobre la detención, sin que ninguna de las responsables aportara datos sobre dicha detención arbitraria y el día 1 de julio, Joaquín Zarate Bernal logró entablar breve comunicación con su familia, a quien informó que estaba siendo golpeado y se encontraba al interior del reclusorio de Miahuatlán de Porfirio Díaz.
El activista ha informado que pesa en su contra una orden de aprehensión derivada de la causa penal 84/2013, misma que mantuvo por casi 6 años en prisión a otros dos miembros más de UCIDEBACC y de la cual se derivó la opinión 19/2015[1] del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, que declaró en esa ocasión que la detención de un miembro de la organización UCIDEBACC por esta misma causa penal fue hecha de manera arbitraria.
Al día de hoy, el defensor de derechos humanos no ha podido tener visita o contacto directo con su familia o abogado de su confianza, violándose sus derechos humanos fundamentales, establecidos en la constitución, concretamente el artículo 1, 14, 16 y 20, apartado B, así como señalado en el artículo 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 7 numerales 3 y 6 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o lo establecido por el artículo 9 numerales 1, 4 y 5 del pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Esta Coordinación para la Libertad de Personas Defensoras Criminalizadas en Oaxaca respalda la genuina preocupación manifestada por la UCIDEBACC respecto a vida e integridad de Joaquín Zarate Bernal y exigimos que se le otorguen todas las garantías de debido proceso.
Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 8 de julio de 2020
Coordinación para la Libertad de Personas Defensoras Criminalizadas en Oaxaca
Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad Oaxaca A.C.
Comité de Familiares, Amigas y Amigos de Damián Gallardo Martínez
Comité por la Defensa de los Derechos Indígenas (CODEDI)
Corriente del Pueblo Sol Rojo
Escuela Normal Rural Vanguardia de Tamazulápam del Progreso (Enruva)
Unión Cívica Democrática de Barrios, Colonias y Comunidades (UCIDEBACC)
Voces Oaxaqueñas Construyendo Autonomía y Libertad (VOCAL)
Servicios para una Educación Alternativa (EDUCA)
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