Oaxaca.-En sesión pública no presencial, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó que está acreditada la violencia política en razón de género cometida por el Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez y la presidenta honoraria del Consejo Consultivo del Comité Municipal del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia, en contra de Jaqueline Mariana Escamilla Villanueva, en su desempeño como directora del Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez.
En la resolución del Procedimiento Especial Sancionador identificado con la clave PES/01/2020, la Magistrada y los Magistrados determinaron que el Presidente Municipal no cuenta con facultades para revocar el nombramiento de la quejosa como directora del Instituto de la Mujer, además, que esta revocación se llevó a cabo sin un procedimiento previo, aun cuando se trataba de un derecho reconocido a nivel constitucional.
En consecuencia, este órgano jurisdiccional ordenó al Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez ofrecer una disculpa pública en sesión de Cabildo por su actuar en contra de la actora, además, restituirla en el cargo, pagarle las prestaciones que debió percibir con motivo de la revocación del cargo o designación.
Así como, al Presidente Municipal se le impone una multa consistente en 250 Unidades de Medida y Actualización, que corresponden a 21 mil 720 pesos; y a la presidenta honoraria del Consejo Consultivo del Comité Municipal del Sistema de Desarrollo Integral de la Familia de Oaxaca de Juárez se le fija una sanción de 20 Unidades de Medida y Actualización, que corresponde a mil 737.06 pesos.
El Pleno del TEEO resolvió remitir los nombres de las dos personas identificadas como responsables de esta violencia política en razón de género al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
La quejosa denunció que el 29 de mayo de 2020 fue destituida del cargo como directora del Instituto Municipal de la Mujer del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, como consecuencia de la organización de la conferencia virtual denominada “Derechos de las mujeres, derecho a decidir por una maternidad libre y segura”, realizada el 22 de mayo, la cual fue considerada por los sujetos denunciados como un acto de desobediencia y como una manifestación de una opinión u orientación política opositora o disidente.
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