Oaxaca.-En respuesta a la convocatoria obtenida en sus pasadas ediciones, la Dirección General de Relaciones Institucionales Nacionales (DGRIN), coordinada en sus tareas de vinculación con la sociedad por la magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, realizó hoy, el quinto Taller de Análisis de Sentencias en la modalidad virtual, abordando los “Alcances del mandato de paridad de género al interior de los partidos políticos”, mediante la explicación de la sentencia SUP-JDC-1862/2019, proyectada por la ponencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, respecto a los criterios de designación de las delegaciones estatales del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Partido Revolucionario Institucional.
Gracias a la comunicación a distancia que facilitan las plataformas digitales, en concordancia con las medidas previstas por el TEPJF respecto a las disposiciones sanitarias frente a la pandemia de COVID-19, la DGRIN contó con la participación de Alexandra Danielle Avena Koenigsberger y Rodolfo Arce Corral, secretarios de Estudio y Cuenta, para profundizar en torno al incumplimiento del principio de paridad de género al efectuarse los citados nombramientos, resarcido por el pleno de la Sala Superior, toda vez que este mandato se desprende de la Constitución General y de las normas internas de dicha fuerza política, lo que debió permear en las posiciones partidistas sujetas a controversia.
De esta forma, en la línea planteada por el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, presidente del TEPJF, de contar con un Tribunal abierto que maximice las herramientas tecnológicas para hacerlo presente entre distintos segmentos de la población, tal actividad, marcada por cuestionamientos y el libre intercambio de puntos de vista con las y los asistentes, conformados por estudiantes de nivel superior, autoridades, funcionarias y funcionarios jurisdiccionales a nivel regional y estatal y representantes de partidos políticos, así como público en general, dio paso a aportaciones técnicas y precisiones teóricas y jurídicas derivadas del fallo en cuestión, así como a la explicación de su relevancia social y política.
En ese tenor, pudo concluirse que inobservar el principio de paridad implica obstaculizar el objetivo de adoptar una aproximación multidimensional de la igualdad de género, ya que no se trata únicamente de la presencia de mujeres en responsabilidades político-partidistas, sino que, más importante aún, se traduce en descentralizarlas del dominio masculino y, con ello, diluir la idea de que las aptitudes necesarias para desarrollar exitosamente las funciones de estas figuras se encuentran únicamente en los hombres.
El video de este y el resto de los Talleres Virtuales organizados por la DGRIN se encuentran disponibles para su consulta en el canal de YouTube del Tribunal.
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