A consideración de la titular de la SMO, Ana Vásquez Colmenares Guzmán, dicha ley –creada el 1 de febrero de 2007- ha permitido identificar oportunidades de acción entre los diversos sectores, para reducir la vulnerabilidad de las mujeres, directamente relacionada con la desigualdad social y por razón de género.
“No solo las mujeres deben conocer sus derechos, sino también los hombres porque la construcción de una sociedad libre de violencia y de tradiciones culturales tan nocivas como el machismo, incluye tanto a hombres como a mujeres”, afirmó la funcionaria estatal.
La aplicación de esta legislación permite que la Federación, los gobiernos de los estados y todas las autoridades del país trabajen en conjunto para proteger los derechos de las mujeres que son víctimas de violencia.
De igual manera en ésta se explican conceptos como: violencia contra las mujeres, tipos y modalidades de violencia, víctima, agresor, derechos humanos de las mujeres, perspectiva de género, empoderamiento de las mujeres, misoginia, entre otros.
Las órdenes de protección incluidas en la Ley de Acceso, son acciones que previenen la repetición de agresiones contra mujeres y son de tres tipos: de Emergencia, Preventiva y Civil. Las de emergencia, por ejemplo, dicen que el agresor debe irse de la casa de la mujer a la que agredió y tiene prohibido acercarse a la víctima y a su familia hasta que estén a salvo.
Asimismo, señala que la policía o a la persona que apoya a la víctima, puede entrar al lugar donde vive a recoger los objetos personales de la mujer y entregárselos inmediatamente, y que el agresor debe asistir a los programas reeducativos que le ayuden a cambiar su conducta violenta hacia las mujeres.
De acuerdo a este marco legal, las víctimas de violencia tienen derecho a recibir protección inmediata, información completa sobre opciones de atención, asesoría médica y psicológica y vivir en un refugio donde podrán estar con sus hijas e hijos y, de ser necesario contar con un o una intérprete en el proceso legal.
Por lo anterior, la SMO pone a disposición el siguiente enlace para su consulta: https://www.oaxaca.gob.mx/smo/wp-content/uploads/sites/72/2020/01/LGAMVLV_130418.pdf para consultar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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