Oaxaca.-En la Décima Sexta Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIPO) analizó y resolvió 20 recursos de revisión de personas que se inconformaron ante la respuesta o falta de la misma, de distintos sujetos obligados de la entidad.
De los 20 recursos de revisión atendidos por el IAIPO, nueve fueron sobreseídos, en cinco se confirmó la respuesta y en seis se modificó la respuesta del sujeto obligado. Cabe mencionar que los recursos de revisión en los que se modificó la respuesta y se ordena entrega de información tienen que ver con el Covid-19.
Se resolvieron dos recursos de revisión que involucraron a la Secretaría de Administración; en el primer recurso de revisión R.R.A.I.0259/2020/SICOM se requirió a este sujeto obligado hacer entrega de la información consistente en un informe del presupuesto para atender las necesidades de instituciones sociales y a personas de bajos recursos que se han visto afectadas por el Covid-19.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0263/2020/SICOM, se ordenó a la Secretaría de Administración hacer entrega de la información inicialmente requerida consistente en un informe respecto a que instituciones públicas se vieron afectadas por la contingencia en cuestión de sus ingresos y si están recibiendo algún capital de apoyo.
Al resolver el recurso de revisión R.R.A.I.057/2020, el Consejo General del IAIPO ordenó al H. Ayuntamiento de Asunción Nochixtlán proporcionar información solicitada respecto a las acciones que ha emprendido el Ayuntamiento por la pandemia de Covid-19.
En cuanto al recurso de revisión R.R.A.I.0238/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) proporcionar nombres o razón social de quienes hayan sido adjudicados con contratos de compra de bienes o servicios para hacer frente a la pandemia de Covid-19 en el estado, así como versiones públicas de los contratos.
En la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0266/2020/SICOM, el Consejo General del Órgano garante ordenó al IAIPO que través de su unidad de transparencia debe turnar la solicitud de información a todas las áreas que lo conforman, a fin de que se informe a la Recurrente sobre las actividades que se han llevado a cabo durante la emergencia sanitaria por Covid-19.
Acerca de la resolución al recurso de revisión R.R.A.I.0276/2020/SICOM, el Consejo General del IAIPO ordenó a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental deberá turnar la solicitud de información a todas las áreas que tengan competencia para generar, o poseer los informes sobre el ejercicio de los recursos financieros destinados a la prevención del Covid-19, así como, dentro de sus atribuciones, la información sobre los planes elaborados ante la crisis económica en el estado provocada por las medidas de mitigación adoptadas.
En las resoluciones a los recursos de revisión en contra de Fiscalía General del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.040/2020), Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción (R.R.A.I.052/2020), Secretaría de Economía (R.R.A.I.0247/2020/SICOM), H. Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez (R.R.A.I.0253/2020/SICOM) y Gubernatura (R.R.A.I.005/2020) fue confirmada la respuesta de los sujetos obligados.
Finalmente, los recursos de revisión en contra de Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.0265/2020/SICOM y R.R.A.I.0260/2020/SICOM), Gubernatura (R.R.A.I.0264/2020/SICOM), Colegio de Bachilleres del Estado de Oaxaca (R.R.A.I.007/2020), Consejería Jurídica del Gobierno del Estado (R.R.A.I.0051/2020/SICOM, R.R.A.I.0054/2020/SICOM, R.R.A.I.0063/2020/SICOM y R.R.A.I.0066/2020/SICOM) y Secretaría de Finanzas (R.R.A.I.0244/2020/SICOM) fueron sobreseídos debido a que los sujetos obligados modificaron el acto impugnado.