Oaxaca .- Para fortalecer el compromiso institucional de contribuir en la eliminación de la violencia contra las mujeres, la Secretaría de Administración llevó a cabo el Taller “Acoso y hostigamiento laboral”, el cual otorgó conocimientos para reconocer, frenar y denunciar este tipo de conductas, que comúnmente se ejercen en el ámbito laboral.
Esta actividad, realizada en el marco del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer -25 de noviembre-, fue impartida por la directora de Fortalecimiento a la Participación y Políticas Públicas, tallerista y capacitadora de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca (SMO), Gabriela Salomé Loaeza Santos.
A lo largo de este taller, donde participó el personal de la Secretaría de Administración de manera remota, debido al confinamiento por la pandemia de COVID-19, Loaeza Santos concientizó sobre las acciones que son necesarias para visibilizar esta problemática, al tiempo que otorgó herramientas sobre la prevención y la denuncia de estos agravios al sector femenino.
Asimismo, señaló que el hostigamiento y acoso sexual son dos formas de violencia que se expresan de manera verbal y/o física, relacionadas con la sexualidad y que violan el derecho a la libertad psicosexual de las personas. La primera es un ejercicio de poder relacionado con la subordinación, mientras que la segunda consiste en el ejercicio abusivo de la autoridad, que conlleva un estado de indefensión y riesgo para la víctima.
Entre las características verbales se encuentra el condicionar el empleo de la víctima, expresar comentarios, bromas, piropos o burlas hacia otra persona; realizar comentarios sugerentes, insinuaciones, propuestas de carácter sexual; preguntas relacionadas con la sexualidad de una persona; insultos de naturaleza sexual; entre otros.
Mientras tanto, las señales no verbales de esta conducta se basan en realizar señales sexualmente sugerentes; hacer regalos o mostrar preferencias por alguien; tener conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles; obligar a trabajar a alguien por más tiempo debido al rechazo de proposiciones sexuales, condicionar algún servicio; exhibir o enviar mensajes, fotos, ilustraciones o cualquier otro material de naturaleza sexual no deseadas ni solicitadas por la persona receptora.
La especialista llamó a las trabajadoras a conocer sus derechos y denunciar este tipo de actos con el Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Interés (CEPCI), dependiente de la Secretaría de Administración, que determinará la competencia, verificará la información y emitirá observaciones y recomendaciones. Cabe destacar que las personas que se encuentren culpables se hacen acreedoras a sanciones que pueden ser la reparación del daño, la inhabilitación, destitución del cargo y hasta prisión.