Oaxaca.-En coincidencia con los principios de la presidencia iniciada por el magistrado José Luis Vargas Valdez, orientados a consolidar un Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) transparente y cercano a la sociedad, la Dirección General de Relaciones Institucionales Nacionales (DGRIN), dentro de su segunda temporada de los Talleres de Análisis de Sentencias Virtuales, realizó este 6 de noviembre el relativo a la “Negativa de registro como partido político nacional por intervención sindical”.
Con este fin, fue presentada la resolución correspondiente al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SUP-JDC-2511/2020 y acumulado, interpuesto por el Grupo Social Promotor de México (GSPM) y compartida al Pleno por la ponencia del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmándose la improcedencia de su solicitud de registro como partido político nacional, determinada por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
Durante el Taller, Nancy Correa Alfaro, secretaria de estudio y cuenta del TEPJF, detalló las circunstancias, marco constitucional y legal, motivación y alcances del veredicto, que ratificó la existencia de la infracción detectada por la autoridad administrativa electoral, consistente en el papel del Sindicato Nacional de Trabajadores al Servicio de la Educación (SNTE) en las actividades encaminadas a la obtención del citado registro, encausada a través del procedimiento ordinario sancionador y cuya consecuencia se tradujo en la negativa de otorgar a dicha organización el carácter de partido político nacional.
La importante asistencia lograda desde varios puntos del país permitió que el alumnado de diferentes niveles académicos, ciudadanas y ciudadanos, así como autoridades, funcionarias y funcionarios de institutos y tribunales electorales regionales y locales, hicieran posible el desarrollo del Taller mediante sus preguntas y comentarios, aprovechando las facilidades de las herramientas tecnológicas, en congruencia con la bandera de austeridad reiterada por el magistrado Vargas Valdez en su mensaje de arribo a la presidencia de este órgano jurisdiccional.
En ese tenor, se explicó que al quedar demostrado que más de la mitad de las aportaciones recibidas por el GSPM provinieron de afiliados al SNTE; los indicios de la utilización de sus edificios en la captación de apoyos vía una aplicación móvil; la participación preponderante e instrumental de sus agremiados en las labores para conseguir el registro, así como el hecho de que ¾ partes del total de los cargos al interior correspondiesen a miembros del mismo, actualizó la restricción que la Carta Magna prevé sobre la actuación de integrantes de este tipo de entidades en la conformación de un partido, cuyo objetivo es proteger la libre asociación y el pluralismo político.
Este Taller, así como los anteriormente realizados por la DGRIN, se encuentra disponible en el canal de YouTube del TEPJF.