Oaxaca.-La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que hubo un caso de violencia política en razón de género en el municipio de Tlacolula de Matamoros.
Detalló que el Pleno de la Sala confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que acreditó la existencia de actos de violencia política en razón de género efectuados por el presidente municipal en contra de la regidora de Turismo y Cultura y, en consecuencia, declaró la pérdida de la presunción de contar con un modo honesto de vivir del presidente en mención.
Lo anterior, ya que, contrario a lo alegado por el demandante, el hecho de que las conductas que se le atribuyeron –constitutivas de violencia política en razón de género– también se dirigieran a regidores del sexo masculino no implicó la inexistencia del elemento de género para sancionar, toda vez que las mismas tuvieron un impacto diferenciado en contra de la mencionada regidora por su condición de ser mujer.
El Pleno concluyó que fue correcta la imposición de la sanción consistente en la pérdida de la presunción de tener un modo honesto de vivir por un periodo determinado, al no exceder las atribuciones del TEEO.
En cumplimento a lo resuelto por la Sala Superior del TEPJF en los recursos de reconsideración SUP-REC-133/2020 y SUP-REC-134/2020, acumulados, la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del TEEO que, a su vez, confirmó el acuerdo 419/2019 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que calificó como jurídicamente válida la elección ordinaria de concejales del municipio de San Martín Toxpalan.