Oaxaca.-El Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en sesión especial, aprobó el registro de forma supletoria de las candidaturas a concejalías a los ayuntamientos pendientes en el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021, en el estado de Oaxaca.
Y es que, en la sesión extraordinaria iniciada el pasado tres de mayo y concluida el cuatro del mismo mes, se emitió el acuerdo IEEPCO-CG-57/2021, en el cual, además de aprobarse las candidaturas que contenderán el próximo 6 de junio, se determinó reservar las candidaturas postuladas por Fuerza por México para que en un plazo de 12 horas, subsanara los requisitos omitidos, en relación a las cuotas de acciones afirmativas, específicamente en lo relativo a las personas mayores de 60 años, lo anterior a fin de que el IEEPCO pudiera pronunciarse respecto de todas las solicitudes de registro presentadas por el partido.
Así, el cuatro de mayo ese partido político presentó la documentación relativa a solicitudes de registro de candidaturas, a fin de dar cumplimiento con la cuota de personas mayores de 60 años; una vez presentada la documentación, la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes del Instituto Electoral, verificó el cumplimiento de las solicitudes correspondientes de acuerdo con lo establecido en la normativa electoral.
De esta forma, y mediante acuerdo IEEPCO-CG-59/2021, el Consejo General aprobó el registro de 49 mujeres y 49 hombres, con sus respectivas planillas, que estarán buscando un cargo de elección popular por este partido político.
Respecto al cumplimiento de las cuotas y el principio de paridad, el acuerdo señala que, en las 98 planillas registradas cuentan con: 506 candidaturas indígenas o afromexicanas; 240 candidaturas de personas jóvenes; 124 candidaturas de personas adultas mayores de 60 años; 60 candidaturas de personas con discapacidad; y 36 candidaturas pertenecientes a personas de la diversidad sexual.
Asimismo, tres de sus candidaturas incumplieron con el periodo constitucional establecido para la reelección y/o elección consecutiva, en el municipio de Chahuites y Santiago Tapextla; en ese sentido, se requirió al partido para que, dentro del plazo de tres días contados a partir de la aprobación y notificación del presente acuerdo, acrediten o sustituyan las candidaturas correspondientes, a fin de que completen sus planillas y evitar dejar los espacios en blanco.