Oaxaca.-A propuesta de la diputada Elisa Zepeda Lagunas, la LXIV Legislatura Local aprobó reformar el Código Penal para sancionar con hasta cinco años de prisión a la persona que no desobedezca una medida de protección decretada por alguna autoridad ante actos de violencia que ponen en riesgo la integridad de las mujeres.
Con la adición al segundo párrafo del artículo 178 de la legislación en mención, se establece que, al que desobedezca, no acate, incumpla o infrinja una orden de protección o medida de protección decretada por alguna autoridad ante actos de violencia contra las mujeres, se impondrá una pena de dos a cinco años de prisión y multa de cincuenta a cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.
La promovente de esta ley, diputada Elisa Zepeda Lagunas indicó que esta actualización al marco jurídico estatal, se da con el objetivo de contar con mayores herramientas para abonar a la construcción de un contexto para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
Fue puntual al indicar que las medidas de protección son una garantía que las autoridades deben dar a las mujeres en relación al derecho a una vida libre de violencia, por lo que dijo es importante contar con una legislación adecuada, que permita que sean efectivas estas formas de protección y den certeza a las mujeres de que dichas órdenes se cumplan en tiempo y forma.
La reforma al Artículo 178 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, dictaminada por las Comisiones Permanentes de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género, entrará en vigor luego de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Oaxaca.