Ciudadania Express
Viernes 08 de enero, 2021. 05:36 pm

Hubo violencia política a regidores de Santa María Teopoxco

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Hubo violencia política a regidores de Santa María Teopoxco

Oaxaca.-La Sala Xalapa revocó la resolución de 27 de noviembre pasado, dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que declaró existente la violencia política en razón de género ejercida en contra de la presidenta municipal, regidoras de equidad y género y de obras, así como la violencia política en contra los regidores de asuntos indígenas, de Hacienda y de Educación del Ayuntamiento de Santa María Teopoxco, Teotitlán de Flores Magón, Oaxaca, por parte de los integrantes de la denominada Comisión Representativa.

 Lo anterior, porque la Sala Xalapa consideró que el análisis realizado en la sentencia controvertida adolecía de falta de exhaustividad e insuficiente motivación porque se omitieron desahogar los elementos precisados en el Protocolo para Atender la Violencia Política contra las Mujeres en razón de género; lo que, en esencia, dejó en estado de indefensión a los actores. 

En consecuencia, ordenó al TEEO que realice el análisis pormenorizado sobre la presunta acreditación de los hechos imputados a los actores.

 En otro asunto, la Sala Xalapa determinó confirmar la resolución emitida por el TEEO, en la que tuvo por acreditada la violencia política en razón de género en que incurrió la Presidenta Municipal de San Jacinto Amilpas, Oaxaca.

 Lo anterior, porque dicha funcionaria municipal ha sido condenada en diversos juicios ciudadanos locales, al haber ejercido conductas que redundaron en la obstrucción del cargo y la falta de pago de dietas a favor de la Regidora de Equidad y Género de dicho municipio.

Por ello, la Sala estimó correcto que el TEEO hubiera tenido por configurada la violencia política en razón de género, puesto que quedó evidenciada la actitud deliberada de la titular del Ayuntamiento en no cumplir con lo ordenado en las sentencias dictadas por el propio TEEO, en reiterado perjuicio del derecho político-electoral de acceso y desempeño del cargo de la mencionada regidora.

 En suma, en la sesión pública no presencial, por el sistema de videoconferencia de este 08 de enero se resolvieron 16 medios de impugnación: ocho juicios ciudadanos federales, cinco juicios electorales y tres juicios de revisión constitucional electoral. 

Ello, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

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