Oaxaca.- La Sala Superior consideró que no hay fundamentos para analizar la impugnación con la que buscaba recuperar su candidatura plurinominal por el Partido del Trabajo al congreso de San Luis Potosí
Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó la impugnación interpuesta por Héctor Serrano Cortés, a través de la cual buscaba que fuera aprobada su candidatura a una diputación plurinominal por el Partido del Trabajo (PT) en San Luis Potosí.
En sesión pública no presencial, bajo el formato de videoconferencia, las y los magistrados determinaron que no existía razón para que la Sala Superior analizara el tema, pues no se advirtió que la Sala Regional Monterrey realizara algún ejercicio de constitucionalidad y mucho menos que se hubiera inaplicado alguna disposición electoral por considerarse contraria a la Constitución.
La decisión de la Sala Regional Monterrey, indicaron las magistradas y los magistrados de la Sala Superior, se limitó a determinar si había elementos para acreditar que el aspirante no tuvo conocimiento de que el organismo electoral local negara el registro de su candidatura por incumplir dos requisitos: no se separó del cargo de diputado federal con la anticipación debida y no acreditó su residencia efectiva en el Estado. Héctor Serrano argumentó que sólo tenía conocimiento del incumplimiento de uno de los requisitos
El 28 de febrero de 2021, el Partido del Trabajo solicitó al organismo electoral local de San Luis Potosí el registro de su lista de candidaturas a diputaciones de representación proporcional para integrar el Congreso de dicha entidad. El 21 de marzo, el organismo electoral determinó, entre otros, declarar improcedente el registro de la fórmula encabezada por Héctor Serrano.
Inconforme, Héctor Serrano promovió una demanda de juicio ciudadano ante la Sala Regional Monterrey, instancia que determinó reencauzar el asunto al Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, que resolvió confirmar el dictamen del instituto electoral local, es decir, declarar improcedente la candidatura.
El 5 de abril, Serrano Cortés promovió un juicio ciudadano para impugnar la sentencia del tribunal local, y el 21 de abril, la Sala Regional Monterrey dictó sentencia en el sentido de confirmar la determinación del tribunal de San Luis Potosí. Dicha sentencia fue nuevamente impugnada y el día de hoy las magistradas y magistrados de la Sala Superior resolvieron el tema. (Asunto: SUP-REC-276/2021)