Oaxaca.-De acuerdo con lo avalado por el Congreso de Oaxaca: quienes cometan el delito de pederastia recibirán como castigo penalidades de privación de la libertad de 12 a 20 años, y multa de mil a 5 mil veces la unidad de medida de actualización, y será imprescriptible.
Además se instituye que la pena aumentará en una mitad de su mínimo y máximo, cuando el sujeto activo hiciera uso de violencia física o moral, se cometa en contra de una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o para resistirlo, y si se administra a la víctima alguna sustancia tóxica.
Los legisladores establecieron también que el autor del delito perderá la patria potestad, la tutela, la curatela, la adopción, el derecho de alimentos y los que pudiera tener respecto a los bienes de la víctima.
En tanto, si el ilícito lo cometiera un servidor o profesionista en ejercicio de sus funciones, además de las penas antes señaladas, será inhabilitado, destituido o suspendido, de su empleo público o profesión por un término igual a la pena de prisión impuesta.
Se resaltó que con la reforma al Artículo 202 del Código Penal de Oaxaca que incorpora a la legislación estatal el tipo penal de pederastia, la legislatura procura el interés superior de los niños y las niñas oaxaqueñas.
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