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Modifica TEEO convocatoria de asamblea electiva en Villa Alta

Modifica TEEO convocatoria de asamblea electiva en Villa Alta
FOTO: TEEO
Sábado 01 de octubre, 2022.
08:31 am
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Oaxaca.- En sesión pública realizada mediante videoconferencia, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) modificó la convocatoria a la asamblea general electiva del Municipio de San Ildefonso Villa Alta, emitida el pasado veintidós de septiembre; porque los requisitos de elegibilidad impuestos a las mujeres, son violatorios de derechos, pues contravienen el marco constitucional.

En la resolución del juicio de la ciudadanía indígena con clave JDCI/167/2022, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional ordenó inaplicar los requisitos establecidos en la convocatoria únicamente por cuanto hace a las mujeres del citado Ayuntamiento.

Señaló que son fundados los agravios expuestos por una ciudadana de esa población, toda vez que los requisitos de elegibilidad establecidos en la convocatoria, limitan la participación de las mujeres, al exigirles cumplir con un requisito que materialmente no pueden cumplir.

La actora denunció que la referida convocatoria exige a las ciudadanas de ese municipio que, para ser aspirante a un cargo dentro del ayuntamiento, deberán acreditar haber prestado el servicio de policía comunitario por tres años y haber desempeñado, necesariamente, el cargo de regidora o regidor, síndica o síndico; situación que, a decir de la promovente, nunca podrían cumplir, pues por costumbre no se les permite a las mujeres desempeñar tal servicio.

En la sentencia, aprobada por unanimidad, el Pleno de este Tribunal determinó que esas condiciones vulneran el derecho de las mujeres de ser votadas en su vertiente pasiva, y contravienen el marco constitucional, el cual establece que en ningún caso las prácticas comunitarias podrán limitar los derechos político-electorales de los y las ciudadanas en la elección de sus autoridades municipales.

Aunado a que, expuso, los requisitos en pugna no son parte del sistema normativo de la comunidad, por ello se considera que su modificación no está apegada a derecho.

El Pleno ordenó al presidente municipal de San Ildefonso Villa Alta lea esta sentencia, previo a la instalación de la asamblea electiva, a celebrarse el 1 de octubre de 2022.

 

 
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