Oaxaca.-En un nuevo operativo conjunto, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), realizaron visitas de verificación a supermercados en la Ciudad de México, donde fueron inmovilizados 10 mil 075 productos nacionales e importados como medida precautoria por incumplir la norma NOM-051 y su modificación para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados.
Profeco acudió a cuatro establecimientos en la Ciudad de México, denominados Nueva Walmart, City Fresko y Chedraui, donde se realizaron visitas para verificar el cumplimiento de la norma y comprobar que los consumidores sean informados adecuadamente sobre los productos que adquieren.
Los productos asegurados en estos establecimientos fueron:
Chocolate en polvo, fortificado con vitaminas y minerales, marca Choco Tavo, 350 g.
Polvo para preparar una bebida sabor a chocolate, marca Choco Tavo, 327 g.
Don Gustavo, chocolate para mesa, 540 g.
Jarabe para malteada sabor vainilla, chocolate y fresa, marca D’Gari, 453 g.
Chocolate para mesa tradicional mexicano, marca Chocolate Ibarra, 540 g.
Simultáneamente, Cofepris acudió a supermercados denominados Soriana y Chedraui, donde también se identificó el incumplimiento en etiquetados de varios productos.
Entre las más de 80 marcas inmovilizados, destacan:
Galletas sándwich sabor a chocolate con relleno cremoso, sabor a vainilla, marca Oreo, 273.6 g.
Galletas chunky, marca Chips Ahoy!, 333 y 552 g.
Cereal de avena tostado y endulzado con malvaviscos, marca Lucky Charms, 309 g.
Salsa pesto, marca Filippo Berio, 190 g.
Bombón blanco, marca Kraft, 283 g.
Fritura de maíz, marca Doritos, 262.2 g.
Pop Corn sabores flamin hot y queso, marca Cheetos, 396.9 g.
Jarabe de maíz líquido, marca Hershey’s, 623 g.
Gelatina sabor limón, marca JELL-O, 85 g.
La lista de todos los productos inmovilizados está disponible en: https://bit.ly/3uGoHr2
Destacó que estos productos fueron asegurados ya que presentan irregularidades en su etiquetado, tales como: omitir el sello de exceso calorías o exceso azúcares, omitir leyendas de alérgenos y las asociadas al contenido de cafeína y edulcorantes, presentar imágenes interactivas en productos con sellos de advertencia o etiquetado derogado.
Asimismo, explicó que la regulación nacional es de carácter obligatorio y, en materia de etiquetado, establece la información comercial y sanitaria que debe contener el etiquetado del producto preenvasado destinado al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializado en territorio nacional. Los sellos de advertencia nutrimental deben estar situados al frente de los empaques.
En tanto, la colocación de sellos en posición lateral o posterior puede tener el propósito de invisibilizar contenidos no saludables o engañar a las y los consumidores sobre las propiedades nutrimentales de los artículos.
Por otro lado, destacó que las y los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados de productos mexicanos e importados son sujetos obligados del cumplimiento de la normatividad vigente, pueden encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051 disponible en la siguiente dirección electrónica https://bit.ly/3IvxVLm