Oaxaca .-La titular de la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca (SMO), Ana Isabel Vásquez Colmenares Guzmán, señaló que en México desde 1921 las leyes agrarias reconocen a las mujeres como sujeto con capacidad individual para obtener tierras, lo anterior previo al Conversatorio virtual “Mujer y propiedad comunal y ejidal” a cargo de la promotora de derechos agrarios e indígenas, María de la Luz Andrade Calderón.
Derivado de estas reformas paulatinamente la propiedad de la tierra en manos de las mujeres ha cambiado, aunque la brecha de desigualdad persiste, aún se prefiere heredar a los hijos varones, advirtió la funcionaria. En la Ciudad de México, Baja California, Guerrero y Sonora las mujeres tienen proporciones arriba del 30% mientras que en Yucatán, Campeche y Quintana Roo las mujeres poseen menos del 20% de las tierras ejidales y comunales. En el caso de Oaxaca estamos por debajo del 28%.
Asimismo, señaló Vásquez Colmenares que la propiedad de la tierra para las mujeres siempre ha sido un derecho invisibilizado por prácticas patriarcales, con origen también en la división sexual del trabajo; por ello, conocer y reconocer el derecho de las mujeres a la propiedad les permitirá tener seguridad en materia de tenencia de la tierra, acceder a apoyos públicos y a otros muchos beneficios.
En 2019, de los 14.6 mil ejidos y comunidades con órganos de representantes sólo el 7.4% fue presidido por una mujer. El Registro Agrario Nacional señala que en Oaxaca sólo el 5.3% de las mujeres accedieron a presidir dichos órganos, por ello es urgente seguir señalando estas opresiones y continuar elaborando políticas públicas para alcanzar la participación efectiva, igualitaria y en apego irrestricto a todos los derechos de las mujeres en la materia.
Durante su intervención, la ponente María de la Luz Andrade Calderón, se refirió a la propuesta que promueve la participación igualitaria entre mujeres y hombres en puestos de elección popular especialmente en el sector rural a través del proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley Agraria.
Describió las dificultades que por razones de género enfrentan las mujeres en los espacios de toma de decisiones y señaló algunos factores que las limitan en el ejercicio de los cargos de representación, como son la discriminación por parte de los integrantes de la asamblea, la descalificación y falta de oportunidades para demostrar sus capacidades, el desconocimiento de la ley y herramientas prácticas para el ejercicio de sus funciones, la manipulación e intimidación y usurpación de cargos y la sobrecarga de trabajo y el acoso sexual.
En tanto, abundó en los retos y oportunidades para la adquisición y regularización de los derechos agrarios de las mujeres, pues dijo existen mujeres que están a cargo de las parcelas y no tienen derechos agrarios reconocidos, al tiempo que se refirió al porqué es importante que tengan sus documentos regularizados y explicó las principales formas de adquisición de tales derechos.
Conversatorio completo: https://fb.watch/f_VdQxdASS/