Oaxaca.-Se alista el primer borrador de Ley Federal de Ciberseguridad en México. El esfuerzo surge en reacción al ciberataque del grupo hackeractivista Guacamaya, en lo que anunciaron fue el robo de seis terabytes de información de la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena). El paquete de información incluyó reportes sobre el estado de salud del Presidente Andrés Manuel López Obrador y detalles de la operación 'Culiacanazo', una intervención militar frustrada por amenazas de los hermanos del Chapo Guzmán en 2018.
El último intento por legislar en materia de ciberseguridad se registró a inicios de 2021, pero la iniciativa de Moreno no prosperó al considerarse riesgosa para la libre expresión en medios sociales y plataformas digitales.
Para el presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación, Javier López Casarín, el meollo central es tipificar los delitos “como ilícitos del fuero federal, y no del fuero común, como ocurre hasta ahora”. Esto permitiría enfrentarlos desde una estrategia de seguridad nacional.
El debate ya ronda sobre la necesidad de articular una Ley Federal o proceder con modificatorias a la normativa ya existente. A la fecha, el Código Penal Federal cuenta con el artículo 211 bis 2, el cual sanciona comportamientos como el cometido por el grupo Guacamaya.
“Al que sin autorización conozca o copie información contenida en sistemas o equipos de informática del Estado, protegidos por algún mecanismo de seguridad, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cien a trescientos días multa”.
Así como a “quien sin autorización conozca, obtenga, copie o utilice información contenida en cualquier sistema, equipo o medio de almacenamiento informáticos de seguridad pública, protegido por algún medio de seguridad, se le impondrá pena de cuatro a diez años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal. Si el responsable es o hubiera sido servidor público en una institución de seguridad pública, se impondrá además, destitución e inhabilitación de cuatro a diez años para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión pública”.
Con informacion de lexlatin.com