Oaxaca.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la comunidad nahua y ejido de Tecoltemi, Puebla, “determinando por unanimidad que en la emisión de las dos concesiones mineras impugnadas fue violado el derecho a la consulta y al consentimiento de la comunidad nahua”, informó la comunidad y sus representantes legales.
Con el amparo, se ordena que las concesiones mineras queden insubsistentes. Se trata de la primera vez que la SCJN reconoce la violación al derecho a la consulta y al consentimiento de los pueblos sobre las concesiones mineras, y que ordena su cancelación como consecuencia de dicha violación.
El amparo interpuesto por Tecoltemi también demandaba la revisión de la Ley Minera para que fuera declarada inconstitucional, sin embargo, la SCJN resolvió que la ley no se relaciona directamente con los intereses y derechos de los pueblos indígenas, pues su objeto es regular la actividad minera y no aspectos de la vida social, económica o política de tales comunidades.
“Lamentamos que la SCJN haya perdido la oportunidad de analizar a fondo una ley que, al dar preferencia a las actividades mineras, viola el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos indígenas, así como el derecho a la propiedad de los ejidos”, destacó Fundar, junto con la Unión de Comunidades y Ejidos en Defensa de la Tierra, del Agua y de la Vida y el Consejo Tiyat Tlali.
Con informacion de educaoaxaca.org.mx
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