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TEEO confirma método de elección de autoridades de Atzompa

 TEEO confirma método de elección de autoridades de Atzompa
FOTO: TEEO
Viernes 15 de julio, 2022.
06:00 pm
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Oaxaca.- El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que aprobó y ordenó el registro y publicación del dictamen que identifica el método elección de autoridades municipales del ayuntamiento de Santa María Atzompa.

En la resolución del juicio electoral de los sistemas normativos internos con clave JNI/21/2022, el Pleno de este Órgano Jurisdiccional determinó que, el acuerdo impugnado no vulnera la universalidad del sufragio, ni los principios de progresividad, igualdad y no discriminación de la ciudadanía de las agencias y colonias que integran ese municipio, conforme al criterio ya sostenido por este Tribunal Electoral y por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

La regla del método electivo de autoridades en Santa María Atzompa consiste en que, las 4 primeras concejalías propietarias y suplentes del ayuntamiento deben ser ocupadas por la ciudadanía originaria de la cabecera municipal.

Al respecto, los actores que se identificaron como ciudadanos indígenas de esa localidad, pertenecientes a la comunidad cabecera y, que, producto de su desarrollo personal se ha asentado en las agencias y colonias que conforman el municipio; manifestaron que son afectados por el referido método de elección.

Sin embargo, este Tribunal advirtió que no existe una restricción al derecho de ser votados (as), sino que, únicamente una modulación, en cuanto a sus alcances en la integración de la autoridad municipal, lo cual responde al contexto específico del municipio, es decir, a la pertenencia que tiene la ciudadanía de la comunidad cabecera con su vida comunitaria, como es el cumplimiento del sistema de cargos tradicionales de carácter religioso y cívico.

Esta sentencia estima que corresponde a la Asamblea general comunitaria de Santa María Atzompa, la atribución de fijar, si estos ciudadanos pueden participar en la elección que se llevará a cabo en dicha comunidad para el nombramiento de las 4 primeras concejalías de las autoridades del ayuntamiento.

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