Oaxaca.-En cumplimiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la dictada en el expediente SUP-JDC-352/2018 y su acumulado, los Lineamientos tienen por objeto garantizar el voto anticipado de 92 mil 792 personas que se encuentran en prisión preventiva y que no han sido sentenciadas.
Las personas interesadas deberán estar inscritas en la Lista Nominal de Electores, no tener suspendidos sus derechos político-electorales por sentencia condenatoria y manifestar su intención de ejercer su derecho al sufragio por la vía presencial anticipada.
El INE explora la posibilidad de informar a las personas en prisión preventiva el periodo de votación anticipada.
El escrutinio y cómputo de la votación se llevará a cabo en las mesas que sean aprobadas por los Organismos Públicos Locales.