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Deudores alimentarios o violentadores sin cargo público en Oaxaca

Deudores alimentarios o violentadores sin cargo público en Oaxaca
Viernes 13 de septiembre, 2024.
09:30 am
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Oaxaca.- El Pleno de la LXV Legislatura local aprobó con 32 votos, en lo general y en lo particular, la reforma a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, para que personas deudoras alimentarias o condenadas por delitos de violencia familiar o por razón de género, no puedan ser titulares de una dependencia o entidad del Gobierno de Oaxaca.
 
Con la modificación a la fracción VIII del artículo 21 de dicha ley, propuesta por la diputada Lizbeth Anaid Concha Ojeda, se agregan más requisitos indispensables para que una persona ocupe un cargo en el servicio público.
 
Por lo tanto, para ser titular de una dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal se requiere “no haber sido condenada o condenado mediante resolución firme por delitos de género; por violencia familiar; por delitos cometidos por razones de género y no estar inscrito como persona deudora alimentaria morosa en cualquier registro oficial a menos que acredite estar al corriente del pago, cancele en su totalidad la deuda o bien, tramite el descuento pertinente ante las instancias que así correspondan, en términos de lo dispuesto en la ley de la materia”, refiere el artículo reformado.
 
Este requisito será también para subsecretarios, directores de área, coordinadores o sus equivalentes, jefes de departamento y jefes de oficina.
 
“Se hace indispensable que la ley “3 de 3” no solamente se quede como requisito para acceder a cargos de elección popular, sino que abarque también a los servidores públicos que se desempeñan como mandos medios y superiores, pues estos realizan funciones ejecutivas y de confianza”, expuso la legisladora promovente.
 
Esta reforma entrará en vigor al día siguiente de que se publique el decreto respectivo en el Periódico Oficial del Estado.
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