- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha concedido un amparo a Philip Morris, permitiendo a la tabacalera importar vapeadores, calentadores de tabaco y dispositivos similares.
Oaxaca.-Esta decisión fue tomada por unanimidad por la Primera Sala de la SCJN, que consideró inconstitucional la prohibición impuesta en una reforma a la Ley General de los Impuestos Generales de Importación aprobada en junio de 2022, que restringía la importación de estos productos.
La reforma que limitaba la importación de vapeadores fue parte de un esfuerzo más amplio del gobierno del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador para regular el consumo de productos relacionados con el tabaco.
La SCJN argumentó que no se justificaba una prohibición absoluta sobre productos que podrían ser igual o menos dañinos para la salud en comparación con el tabaco.
Se enfatizó que la libertad de comercio debe ser considerada, siempre que existan controles adecuados sobre su comercialización y publicidad.
Este amparo beneficia exclusivamente a Philip Morris, lo que significa que solo esta empresa tiene la autorización para importar estos productos bajo las nuevas condiciones establecidas por la corte.
La decisión ha generado preocupaciones sobre su impacto en la salud pública, ya que críticos argumentan que podría facilitar el acceso a productos nocivos y contrarrestar los esfuerzos para reducir el consumo de tabaco en el país.
La resolución ha sido recibida con críticas por parte de organizaciones y expertos en salud pública, quienes consideran que favorece los intereses comerciales sobre la protección de la salud de los ciudadanos
Esta decisión marca un precedente importante en el ámbito legal y regulatorio respecto a los productos derivados del tabaco y su comercialización en México.