Oaxaca.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado inconstitucionales varias disposiciones de las leyes de ingresos de diversos municipios del estado de Oaxaca, específicamente para el ejercicio fiscal de 2024.
Esta decisión se fundamenta en la violación de principios constitucionales cruciales, como la proporcionalidad tributaria y la seguridad jurídica.
La SCJN invalidó normativas que establecían cobros por conceptos que eran considerados arbitrarios y desproporcionados. Entre las disposiciones anuladas se encuentran:
- Cobro por la expedición de documentos: Se invalidaron multas relacionadas con la emisión de copias y certificaciones que no estaban vinculadas al derecho de acceso a la información pública. Estas tarifas eran consideradas excesivas en relación con el costo real del servicio.
- Multas por conductas ambiguas: Se declararon inconstitucionales sanciones por "escándalo en la vía pública" o por generar molestias, así como infracciones relacionadas con faltas de respeto o injurias. La redacción de estas normas permitía una interpretación subjetiva y amplia por parte de las autoridades, lo que generaba inseguridad jurídica para los ciudadanos
La Corte exhortó al Congreso del Estado de Oaxaca a evitar en el futuro la promulgación de normas que presenten los mismos vicios inconstitucionales.
Esta medida busca garantizar que las leyes sean claras, precisas y respeten los derechos fundamentales de los ciudadanos, evitando así el uso arbitrario del poder sancionador por parte de las autoridades locales.
La invalidación de estas disposiciones es un paso significativo hacia la protección de los derechos ciudadanos en Oaxaca, asegurando que las leyes fiscales sean justas y equitativas, y que no se utilicen como herramientas para discriminar o sancionar arbitrariamente a los habitantes.