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Miércoles 12 de febrero, 2025. 05:35 pm

Municipio de Oaxaca de Juárez pagará salarios caídos de 1 año

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Municipio de Oaxaca de Juárez  pagará salarios caídos de 1 año
  • El Congreso de Oaxaca reformó el artículo 40 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez para establecer que si un empleado gana un juicio laboral “extendido” solo podrá recibir hasta un año de salarios caídos.
 
Oaxaca.-La propuesta fue aprobada en sesión extraordinaria con 32 votos a favor del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y tres en contra de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC).
 
El presidente de la Jucopo Benjamín Viveros Montalvo negó que la reforma violente los derechos de los trabajadores. “Si el empleado reclama la revocación de su nombramiento y aquella resulta injustificada, tendrá derecho a que se le reinstale en su empleo o a que se le indemnice con tres meses de sueldo.
 
«En uno y otro caso se le abonarán los sueldos dejados de percibir, computados desde la fecha de revocación de su nombramiento hasta por un período máximo de doce meses», precisó.
 
Indicó que el Ayuntamiento se librará de la obligación de reinstalar al empleado, cubriendo la segunda de las prestaciones indicadas”.
 
Los diputados Alejandra Morlan, de Movimiento Ciudadano (MC), Dante Montaño y Javier Cacique cuestionaron la determinación por la ausencia de dictamen.
 
En la exposición de motivos se establece que los salarios caídos o vencidos son aquellos que el trabajador tiene derecho a recibir cuando el patrón no acredita la causa de recisión laboral, dentro de un litigio laboral, los cuales, hasta el 30 de noviembre de 2012, se debían pagar desde la fecha del despido y hasta que se cumplía el laudo.
 
En la reforma laboral 2012 se limitó el pago de salarios vencidos hasta 12 meses como máximo, y si el juicio no se resuelve en ese lapso, el patrón pagará intereses sobre el importe de 15 meses de salario, a razón del 2% mensual, capitalizable al momento del pago de la condena.
 
La razón de esta enmienda es evitar que los juicios laborales se prolonguen artificialmente para obtener una mayor condena por concepto de salarios caídos e impedir la eventual quiebra de las fuentes de trabajo, lo que afectaría la economía del país, pues anteriormente no existía un límite.
 
De esto se infiere que los salarios vencidos tienen la naturaleza de indemnización que se le cubre al subordinado por aquellos ingresos que legalmente dejó de percibir, al haber sido separado de su trabajo injustificadamente por su patrón.
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