- La denuncia presentada por Carlos Enrique Odriozola Mariscal contra las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa ante el Instituto Nacional Electoral (INE) fue admitida a trámite por la Unidad Técnica de Fiscalización del organismo.
Oaxaca.-La acusación señala que ambas recibieron apoyos en especie de sindicatos, lo que podría ser una violación al principio de equidad en el proceso de elección judicial.
A Loretta Ortiz Ahlf se le acusa de haber recibido patrocinio del Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) y la Cooperativa La Cruz Azul en un evento masivo realizado en el auditorio Ernesto Velasco, sin participación ni invitación a otros candidatos, lo que presuntamente afecta la equidad del proceso.
A Yasmín Esquivel Mossa se le señala por iniciar su campaña en instalaciones del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec, con apoyo de la sección 36 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). Además, se reportó la entrega de atole y tamales durante el evento, lo cual está prohibido bajo la normatividad aplicable.
También se le acusa de uso indebido de propaganda electoral por utilizar el eslogan "la ministra de la transformación", presuntamente vinculado a intereses partidistas.
Las consejerías integrantes de la Comisión determinaron improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas, respecto de las publicaciones en donde se difundió el evento celebrado el 30 de marzo de 2025, en el auditorio del Tecnológico de Estudios Superiores de Ecatepec (TESE), toda vez que éstas, ya no se encuentran disponibles, por lo que se está ante hechos consumados, al igual que la publicación en la red social X, con imágenes de personas menores de edad, de ahí la improcedencia para dictar medidas cautelares.
En cuanto a las publicaciones en los medios de comunicación, se consideró improcedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas, ya que se considera que forman parte del quehacer periodístico, por lo tanto, no se justifica su retiro.
En ambos casos, respecto de la solicitud de la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, se concluyó que es improcedente la adopción, toda vez que se trata de hechos futuros de realización incierta. Y sobre el uso indebido de recursos públicos y privados, el colegiado determinó que será la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) quien analizará el tema, ya que atañe al fondo del asunto.
El INE otorgó un plazo improrrogable de cinco días naturales para que las ministras presenten sus argumentos y pruebas en defensa.