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IEEPCO continúa con calificación de elecciones

Domingo 22 de diciembre, 2013.
08:46 am
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Oaxaca, México.- Tal como lo marca el artículo 263 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO), el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), sesionó para calificar las elecciones realizadas en diversos municipios que electoralmente se rigen por Sistemas Normativos Internos.

 

ieepcosesion10Así, revisaron si se cumplieron los requisitos de las elecciones realizadas en, San Cristóbal Lachirioag; Santa María Guelace; Santa María Tataltepec; San Pedro Coxcaltepec Cántaros; San Pedro Teozacoalco; Santiago Tilantongo; San Pedro Jaltepetongo; San Carlos Yautepec; Santiago Yucuyachi.

Además de Santa Catarina Zapoquila; Santa Cruz Mixtepec; San Sebastián Tecomaxtlahuaca; Santa Catarina Mechoacán; Chiquihuitlán de Benito Juárez; San Juan Tamazola; Cuyamecalco Villa de Zaragoza; Santa Cruz de Bravo.  

Al verificar que las elecciones de dichos municipios fueron realizadas con apego a las normas establecidas por la comunidad;  que la autoridad electa obtuvo la mayoría de votos y que se integró debidamente el expediente; se declararon como legalmente válidas y, se ordenó expedir las constancias respectivas a las autoridades electas.

En el caso del municipio de Ánimas Trujano, se calificó como legalmente válida la elección del Presidente Municipal de esa localidad, sin embargo no se encontraron los elementos suficientes para declarar la validez de la elección ordinaria de Concejales en los cargos de síndico municipal; regidor de hacienda; regidor de educación y regidor de seguridad del municipio.

Por lo anterior, se ordenó la reposición del proceso electoral a partir de la elección del síndico municipal, hasta la elección del regidor de seguridad, en la cual se garantice que todas las ciudadanas y ciudadanos del referido municipio puedan ejercer libremente su derecho de votar y ser votados.

En la misma sesión se declaró no válida la elección celebrada en el Municipio de Santiago del Río, por lo que se ordenó la reposición del proceso, garantizándole a todas y todos los ciudadanos sus derechos.

En ambos municipios se instruyó a la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos, para que coadyuve en la organización, desarrollo y vigilancia en la reposición de las elecciones.

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Esta conversación es moderada acorde a las reglas de la comunidad “Ciudadanía Express” . Por favor lee las reglas antes de unirte a ella.
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